Yo tengo otorgado un poder notarial y las ventas han sido transparentes para mí (nadie me ha preguntado si sigo vivo, jeje); desconozco si el notario pregunta de oficio si existe certificado de defunción para comprobar que el poder es válido.
Si se realizara la venta después del fallecimiento pero antes de realizar la herencia, el problema no estaría solo en la utilización de dicho poder notarial (en un caso general, podría perjudicarse el interés de algún otro heredero), sino que si ese dinero se reparte sin más, se estaría eludiendo el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Si sí se paga dicho impuesto por el dinero recibido de la venta, como en teoría el titular sigue vivo, probablemente saldrías perdiendo, puesto que normalmente por donaciones se paga más que por sucesiones (deberías comprobar cómo está dicho impuesto en Galicia).
En cualquier caso, una vez realizada la herencia, los otros herederos pueden otorgar un poder notarial a su vez (el trámite costaba unos 40 euros aproximadamente hace unos años).
¡Bah! carnero, oveja. A tu raza, a tu vellón y a tu clan sé leal.