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Reclamación del IVA en penalizaciones por permanencia
Acabo de leer la noticia, y seguro que a mucha gente le viene bien conocerla:
A partir del pasado mes de noviembre, las compañías no tienen la obligación de sumar el IVA a la cuota que debe afrontar el usuario. Por tanto, todos aquellos clientes que hayan abandonado su operador de forma anticipada y hayan sido penalizados por incumplir el tiempo de permanencia podrían reclamar el importe del IVA en caso de que fuera facturado desde esa fecha. La Dirección General de Tributos no obliga a las compañías a repercutir el IVA a sus ex clientes en las penalizaciones desde el citado mes, por tanto podría haber usuarios que hayan pagado de más en su penalización.