Si lo que dices es cierto, y "faltaba" la señal en sí misma, podrás recurrirla.
Lo que viene a decir phluisma, es que necesitas una prueba para desmontar la "presunción de veracidad del agente", es decir, que lo que el agente diga va a misa, salvo que puedas demostrar que no tenía razón, por eso lo de la foto del lugar,...
Según el art 75 del RDL 339/1990 "Las denuncias formuladas por los Agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia del tráfico darán fe, salvo prueba en contrario, de los hechos denunciados y de la identidad de quienes los hubieran cometido, así como, en su caso, de la notificación de la denuncia, sin perjuicio del deber de aquéllos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado".
Por lo tanto en el recurso, alegas que la denuncia no es cierta o contiene errores porque no estaba señalizado en modo alguno, ...., y que conforme al art 75 que el agente aporte pruebas además de su declaración.
Además aprovechas y pides certificación de la señalización en el lugar, de cuando se instaló la señalización , de su estado de conservación y/o actuaciones para su conservación, fotografía del vehículo presuntamente sancionador, .... Todo ello son pruebas que puedes solicitar para que no se produzca indefensión y que la Administración tiene la obligación de proporcionarte.
Si tienes algún testigo, mejor (aunque esto me parece que no vale para mucho).
Ojo con los plazos y agótalos hasta el final (la Administración también tiene que cumplir los plazos).
Si la multa no te la entregaron en mano, si te la dejaron en el cristal, lo mejor es que esperes a que te llegue a casa la primera notificación (lo que el viento se llevó ...). Te volverán a dar los 20 días para acogerte al "descuento". Pero si la administración no cumple el plazo, o comete errores de localización, matrícula, falta de competencia sobre la vía, ...., te puedes librar.
Por si acaso, vas ahorrando algo para pagar 10€/semana.
¡¡¡Buena Suerte!!!