Lacaseton dice : """""ORDENANZA DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÁLAGA Art. 23:
Las bicicletas no circularán por las aceras, andenes y paseos, al ser consideradas éstas como
zonas peatonales, excepto cuando acomoden su velocidad a la del peatón circulando a una velocidad inferior a 10 Km./h, y se den las siguientes circunstancias:
No existan vías exclusivas para su uso.
Las aceras cuenten con una sección mínima de 3 metros.
No existan aglomeraciones.
Respeten la preferencia de pasos de viandantes, no acercándose a menos de 1 metro de distancia.
No se encuentre señalizada expresamente la prohibición para hacerlo.
Que sí, que vendo el coche... :)´""""
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Hay que reconocer que la ordenanza de movilidad de la ciudad de Málaga es concreta y precisa de cojo***:
Que no existan aglomeraciones.... 500 peatones ... 626....821..... ¿ Cuántos peatones son necesarios para que se considere aglomeración Sr Lacaseton ?
Lo de las aceras también tiene tela habrá que ir con un metro midiendo los 3 mtros....
Y lo del metro de distancia con el peatón otra de bombero torero.
Humo y caos.
Saludos.