en las anteriores averías ¿ya te lo han 'reparado'? ¿Te han entregado el resguardo de la reparación?
Por otro lado, leyendo en la web de consumo:
"(...) Si se trata de un producto nuevo, entonces la persona que lo vende responderá de las faltas de conformidad o los defectos en el plazo de 2 años siguientes a la fecha en que se entregó el producto. (...)"
"(...) ¿Y si el defecto o la falta de conformidad surge a partir de los 6 primeros meses y hasta los 2 años?
Sigue existiendo garantía legal pero en esta ocasión correspondería a la persona consumidora demostrar que el defecto o falta de conformidad ya existía en el momento de la venta y que no se ha dado por mal uso o mantenimiento del producto por su parte (esta demostración se realiza, a menudo, a través de la realización de un peritaje por parte de la persona consumidora) (...)"
"(...) En el caso de que un producto sea reparado durante el periodo de garantía, la mencionada reparación cuenta con una garantía de 6 meses durante los cuales la entidad vendedora responderá de las faltas de conformidad surgidas con relación a dicha reparación.(...)"
"(...) Si, estando en garantía, el producto es reparado, le ha sido entregado y sigue siendo no conforme con el contrato, podrá exigir la sustitución del producto, salvo que resulte desproporcionado, la rebaja en el precio o la resolución del contrato(..)"
"(...) La persona consumidora deberá informar a la parte vendedora sobre la falta de conformidad o defectos observados en el plazo de 2 meses desde que tuvo conocimiento de ella. Si así no se hace no implica la pérdida de la garantía, pero de los daños o perjuicios ocasionados de manera efectiva por el retraso de la comunicación deberá responder la persona que consume. (...)"
fuente: http://www.consumoresponde.es/articulo-cr/%C2%BFque-tipos-de-garantia-existen