¡Hola!
Existen varias exenciones a la obligación de llevar puesto el cinturón de seguridad. Una de ellas, como dices, es teniendo un certificado médico en el que se acredite que por razones médicas es recomendable que no lleves puesto el cinturón de seguridad o no es posible llevarlo puesto.
Literalmente el art. 119 del Real Decreto 1428/2003, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, en su apartado 1 b) dice lo siguiente:
"b) Las personas provistas de un certificado de exención por razones médicas graves o discapacitadas. Este certificado deberá ser presentado cuando lo requiera cualquier agente de la autoridad responsable del tráfico.Todo certificado de este tipo expedido por la autoridad competente de un Estado miembro de la Unión Europea será válido en España acompañado de su traducción oficial".
En caso de que tu médico acreditase en un certificado que no debías llevar puesto el cinturón de seguridad sí que podrías salvarte de la multa. En caso de no ser así, deberás pagarla.