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Las luz de día será obligatoria a partir de julio de 2011,¿qué podemos hacer con nuestros vehículos?

17 respuestas
Las luz de día será obligatoria a partir de julio de 2011,¿qué podemos hacer con nuestros vehículos?
Las luz de día será obligatoria a partir de julio de 2011,¿qué podemos hacer con nuestros vehículos?
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#9

Re: Las luz de día será obligatoria a partir de julio de 2011,¿qué podemos hacer con nuestros vehículos?

Y por favor,que nadie circule con las luces de "posición" o estacionamiento,ya sea de día o de noche,nos pone en peligro a todos los demás usuarios.

¿Por qué motivo?

Saludos!

#10

Re: Las luz de día será obligatoria a partir de julio de 2011,¿qué podemos hacer con nuestros vehículos?

La ignorancia de los demás...,también está prohibido "hacer señales" a los demás vehículos.

Saludos.

#11

Re: Las luz de día será obligatoria a partir de julio de 2011,¿qué podemos hacer con nuestros vehículos?

Además que está prohibido,de día no se ven nada y de noche no alumbran nada,más de uno me ha dado un susto por vías urbanas iluminadas que iba con estas luces que no tienen proyección de haz de luz,unicamente se pueden utilizar cuándo estamos estacionados.

Aún queda mucha gente que se cree que se pueden utilizar por vías iluminadas y es totalmente falso,es muy peligroso,por qué es cómo si fuésemos con las luces apagadas.

Haz la prueba, intenta circular por una carretera totalmente oscura con la luz de "posición", que es una bombillita que únicamente ilumina el faro por dentro.

Saludos.

#12

Re: Las luz de día será obligatoria a partir de julio de 2011,¿qué podemos hacer con nuestros vehículos?

No sabía que estaba prohibido...
De todas formas es evidente que me refería mientras circulo durante el día, por la noche es imposible.
De todas formas tengo un colega que tiene un A4 nuevo y lleva unas luces de día, que si no son las de posición... poco les falta.

De noche, cortas.
De día, posición. Y yo veo otros coches que las llevan a una distancia considerable.
Me recorro habitualmente toda Cataluña y si no me han multado los Mossos a estas alturas, yo diría que prohibido no debe estar porque esos no quieras saber tú como van...
Saludos!

#13

Re: Las luz de día será obligatoria a partir de julio de 2011,¿qué podemos hacer con nuestros vehículos?

Circular con luces de posición costará un disgusto y 300 euros

Cuando haga falta encender las luces se deben utilizar siempre las de cruce, ya que las de posición -como su propio nombre indica- están pensadas para señalar la ubicación de un vehículo detenido.

FERNANDO I. LIZUNDIA

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MADRID.-Si circula usted en las inmediaciones de una gran ciudad en las horas previas al amanecer o a última hora de la tarde, cuando caen las primeras sombras, comprobará que muchos vehículos circulan con las luces de posición encendidas.

La mayoría de los automovilistas desconoce que esa acción, que muchos consideran que es correcta, les puede suponer la pérdida de dos de los 12 puntos del nuevo permiso, que entrará en vigor el próximo 1 de julio.

En realidad, el Código de la Circulación establece que se penalizará con la pérdida de dos puntos a quienes circulen «sin el alumbrado reglamentario en situación de falta o disminución de [la] visibilidad o produciendo deslumbramiento a otros usuarios de la vía y en aquellos supuestos en que su uso [de la iluminación del vehículo] sea obligatorio».

[foto de la noticia]
A esto hay que añadir que el Código de la Circulación establece que «cuando existan condiciones meteorologicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en el caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga, deberá utilizarse la luz antiniebla delantera o luz de cruce o de carretera».

En otras palabras, que cuando haga falta encender las luces se deben utilizar siempre las de cruce, ya que las de posición -como su propio nombre indica- están pensadas para señalar la ubicación de un vehículo detenido.

En caso contrario, cualquier agente encargado del tráfico -guardia civil, ertzaina, mosso d'esquadra o policía municipal- podrá sancionarle con la retirada de dos puntos y con una sanción que, al tratarse de una falta grave, lleva aparejada una sanción económica cuyo montante oscilará entre 91 y 300 euros.

Hay otro supuesto en el que también se deben enceder siempre las luces de cruce: cuando se circula por un carril adicional o Bus-VAO. En ese caso no sólo hay que hacer uso del alumbrado de carretera (cruce), también hay que circular a una velocidad máxima de 80 kilómetros por hora.

La mayoría de los automovilistas no respeta ninguno de estos dos requisitos, de forma que a los dos puntos de las luces se podría unir la pérdida de otros seis por exceso grave de velocidad si se alcanzan los 120 kilómetros por hora, ya que supera en un 50% la velocidad máxima permitida.

Además, al tratarse de una falta muy grave, comportaría una sanción de 301 a 600 euros, que se acumularía a la anterior.

También se podrá sancionar con dos puntos en caso de uso indebido de los antinieblas. Según el Código de la Circulación estos faros sólo podrán utilizarse en caso de «niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo [...] o en tramos de vías estrechas con muchas curvas».

En resumen, olvídese de que su coche tiene luces de posición, salvo que lo deje aparcado de noche cerca de un cruce o esquina. En todos los demás casos hay que utilizar siempre la luz de cruce.

http://www.elmundo.es/elmundomotor/2006/06/26/usuarios/1151306455.html

#14

Re: Las luz de día será obligatoria a partir de julio de 2011,¿qué podemos hacer con nuestros vehículos?

Al igual que las luces antiniebla, que muchos utilizan sin ser necesario, es sancionable.

Las luces antiniebla,se deben utilizar en casos muy extremos,lluvia muy fuerte o niebla espesa,jamás con lluvia ligera. Y de noche sin lluvia o niebla tampoco se pueden utilizar.

#15

Re: Las luz de día será obligatoria a partir de julio de 2011,¿qué podemos hacer con nuestros vehículos?

Otia!
Bueno es saberlo... No tenía ni idea. Gracias por la info!
Pero entonces ¿en que se diferencian las luces de dia, a las de posición y a las de cruce?
Saludos!

#16

Re: Las luz de día será obligatoria a partir de julio de 2011,¿qué podemos hacer con nuestros vehículos?

La luces de día son unas luces de leds que incorporan muchos vehículos modernos y que serán obligatorias en los vehículos nuevos,creo recordar que a partir del 2013, que dan una alta visibilidad al vehículo,al mirar por los espejos retrovisores o cruzarnos un vehículos de estos la diferencia con el que no lleva estos dispositivos es notoria.

La luz de cruce o "cortas" son las que utilizamos para circular normalmente de noche o cuándo las condiciones de visibilidad son reducidas,humo,niebla,lluvia... y que a partir del año que viene será obligatorias llevarlas encendidas.

La de posición, no ilumina la calzada y que no sirve para circular,por eso se llaman de "posición",si no se llamarían de "movimiento".Mejor que olvidemos estas luces...no valen para nada.