Re: Lecturas estimadas en las facturas de la luz
Se facturará como consumo estimado en el período correspondiente el equivalente a la facturación por este concepto en el mismo período del año anterior. El consumo estimado se calculará tomando el consumo real de aquel período del año anterior que incluya el período a facturar, dividido entre el número de días del mismo período del año anterior y multiplicado por el número de días que comprenda la facturación.