Texto informativo extraido de la web del FGD de Malta (www.compensationschemes.org.mt):
Nueva directiva sobre sistemas de garantía de depósitos - Directiva 2014/49 / UE
El 12 de junio de 2014, la nueva Directiva 2014/49 / UE relativa a los sistemas de garantía de depósitos se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea. Los Estados miembros están obligados a incorporar la presente Directiva en sus respectivas legislaciones el 4 de julio de 2015.
Las características importantes de esta nueva directiva:
- Depósitos en todas las monedas serán cubiertos hasta 100.000 €, por persona y por banco.
- Algunos depósitos (el llamado saldo de depósitos de alta temporal) - originarios de transacciones de bienes raíces (por ejemplo, la venta de una casa), así como de algunos acontecimientos de la vida específicos (como el matrimonio, el divorcio, jubilación, etc) - disfrutarán de una mayor cobertura, es decir, más allá del nivel de cobertura estándar de € 100.000. Sin embargo, dicha cobertura estará limitada en el tiempo (hasta un máximo de 12 meses).
- Todos los depósitos de los individuos y de las empresas de cualquier tamaño, serán cubiertos. De hecho, muy pocas personas o entidades serán excluidos de la indemnización.
- En el caso de incumplimiento del banco, los depositantes recibirán una indemnización en un plazo más corto, en comparación con el plazo de pago actual de 20 días hábiles. Esta reducción se realiza en tres fases:
• El pago dentro de los 15 días hábiles a partir del 1 de enero 2019;
• El pago dentro de los 10 días hábiles a partir del 1 de enero 2021, y, finalmente,
• El pago dentro de 7 días laborables a partir de 1 de enero 2024.
Otras características:
- Interés se tendrá en cuenta a la hora reembolsar los depósitos.
- Los préstamos no se pueden deducir más de la cantidad que se debe percibir.
- La información se ha mejorado para garantizar que los depositantes son conscientes de los aspectos fundamentales de la protección de sus depósitos por el esquema. Por ejemplo, mientras que depositar dinero en un banco, los depositantes refrendar una hoja de información estandarizada que contiene toda la información relevante acerca de la cobertura de la fianza por el régimen de responsabilidad. La hoja de información estandarizada actualizada le será enviada por los bancos a sus clientes, al menos, una vez al año. Los bancos estarán obligados a informar a sus depositantes sobre la protección del esquema de sus depósitos en los estados de cuenta.
- También habrá algunas restricciones a la publicidad de productos de depósito, limitándola a información objetiva, sin hacer referencia a la protección ilimitada, etc.