El primer año si tiene fuerte penalizacion, te bajan el interes al 1,5, pero los 4 restantes poca penalizacion, te bajan el interes al de el año anterior.
(-0,25 %)
En cualquier momento podrá cancelarse el depósito, sin ningún tipo de penalización, liquidándose los intereses a un tipo minorado.
El sistema de fijación de tipos de interés en función del año de cancelación es el siguiente: En caso de cancelación anticipada de esta Imposición a Plazo, los intereses correspondientes al periodo de interés que se encuentre en curso en el momento de la cancelación anticipada se liquidarán en el momento de dicha cancelación calculados al tipo de interés nominal anual que corresponda al periodo de interés inmediato anterior.
En caso de que la cancelación anticipada se produzca estando en curso el primer periodo de interés, el tipo nominal anual aplicable a estos efectos será el 1,5%.