A ver Acalas vamos por partes, el dinero de la cuenta vivienda se puede usar para la rehabilitación de tu vivienda habitual pero para que sea tu vivienda habitual debe estar a tu nombre, no puedes rehabilitar la casa de alguien que no seas tú.
Otra cosa que debes tener en cuenta es que, fiscalmente hablando, rehabilitar se refiere a fachadas, estructuras o tejados. Vamos que arreglar las habitaciones, pintura, cocina, etc. no se entiende por rehabilitación y, por lo tanto, no es deducible ni es una opción para usar el dinero de la cuenta vivienda.
En el caso de compra da igual que la compres a medias con tu novia o que sea de tus suegros, sólo debe convertirse en tu vivienda habitual y que esté a tu nombre al 100%, al 50% o al porcentaje que sea.
Saludos