Sino llegas al límite de los 50.000€ que te obliga a hacer la declaración informativa, aún así debes declarar los intereses de los depósitos en tu declaración de la renta en España, deberás declararlos al igual que los bonus.
-Intereses brutos obtenidos en el extranjero, sin retención fiscal (caso de bancos franceses que no retinenen nada)- En caso de que los intereses obtenidos en el extranjero no hayan sido objeto de retención fiscal en el país de origen del banco, tendrá que incluirlos en la Casilla 025 - Intereses de cuentas y depósitos y de activos financieros en general (Renta 2017)
-Intereses obtenidos en el extranjero con retención fiscal (para resto de casos de bancos que no sean franceses)- Si los intereses obtenidos hubieran soportado una retención fiscal en el país de origen, similar a la retención que los bancos en España aplican a los intereses generados por los depósitos, habrá que registrarlas en la casilla 553 - Deducciones: Por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero (Renta 2017).