Cancelación anticipada de un depósito.
Muchos bancos ofrecen penalizaciones bajas en caso de cancelación anticipada de un depósito. El problema es que luego, "en la letra pequeña del contrato" se descubre que el banco puede libremente negarse a tu solicitud de cancelación anticipada...
Así las cosas: ¿para qué se molestan los bancos en especificar las penalizaciones en caso de cancelación anticipada?
Porque induce mucho a la confusión, que un comercial te diga que "puedes cancelar el depósito cuando quieras con una penalización del 1% y llevarte tu dinero" y que luego resulte que lo que puedes es pedir que te lo cancelen y que el banco no tiene porqué acceder a esa cancelación anticipada...
¿No os parece un engaño?