"El emisor ha firmado un Contrato de Liquidez para la introducción de órdenes de compra y
venta de los valores en la plataforma electrónica multilateral del Sistema Electrónico de
Negociación de Deuda (SEND), del mercado AIAF.
Ello constituye una de las buenas prácticas para la provisión de liquidez a emisiones de
Renta Fija destinadas a inversores minoristas publicadas por la CNMV con fecha 25/10/10.
En las mencionadas buenas prácticas se establece que la liquidez no debería ser inferior al
10% del saldo nominal vivo de la emisión, aunque en la presente emisión, si se lleva a cabo
la ampliación del volumen inicial contemplado en las Condiciones Finales por encima de
200.000.000 euros, dicho compromiso de liquidez alcanzará un porcentaje inferior al
anteriormente recomendado que dependerá del volumen efectivamente suscrito, con un
límite máximo de liquidez de 20.000.000 euros.
Por lo que entiendo si en el año 1 quereis venderlas como haya más de 20 MM a la venta no se comprometen a que haya liquidez.
a. El volumen mínimo de cada orden de compra y venta
introducida por la Entidad de Liquidez será de 25.000
Euros.
¿Que pasas si sólo quieres vender 24.000 euros?
Y esto ¿Que querrá decir?b. La diferencia entre los precios de oferta y demanda
cotizados por la Entidad de Liquidez, en términos de T.I.R.,
no será superior al diez por ciento (10%) de la T.I.R.
correspondiente a la demanda, con un máximo de cincuenta
(50) puntos básicos en los mismos términos y nunca será
superior al tres por ciento (3%) en términos de precio. El
cálculo de la T.I.R. se realizará conforme a los estándares
de mercado en cada momento.
Y esto?
c. En casos de alteración extraordinaria de las
circunstancias de mercado, la Entidad de Liquidez podrá
cotizar precios de oferta y demanda cuya diferencia no se
ajuste a lo establecido en la letra b. de este apartado, de
acuerdo con la normativa establecida en el Mercado AIAF
de Renta Fija, a través de la plataforma SEND, para este
supuesto...
Cotizar a precios de oferta y demanda? O sea que puede oscilar ¿No?
Y esto?
e. Así mismo, la Entidad de Liquidez podrá cesar en su
compromiso de dar precios de compra y adquirir Valores si
como consecuencia de este contrato ha adquirido en el día
Valores por un importe máximo de 250.000 euros.
En fin, no me parece claro. ¿Te han hablado de pasar la mifid?
Un saludo