Re: Contrato de deposito o odministración de valores con novacaixagalicia
Vale, no lo había entendido yo bien.
Entonces, ¿abriste una cuenta de valores para no depositar nada o para depositar otra cosa y te compraron unas subordinadas? ¿Y de dónde salió ese dinero?
Repito lo mismo. Comprar cosas con el dinero de alguien sin su consentimiento seguro que es ilegal.
Corto y pego del codigo civil. Es bastante claro.
Art. 1.767 El depositario no puede servirse de la cosa depositada sin permiso expreso del depositante.En caso contrario, responderá de los daños y perjuicios.
Art. 1.768 Cuando el depositario tiene permiso para servirse o usar de la cosa depositada, el contrato pierde el concepto de depósito y se convierte en préstamo o comodato. El permiso no se presume, debiendo probarse su existencia.
Art. 1.770 La cosa depositada será devuelta con todos sus productos y accesiones. Consistiendo el depósito en dinero, se aplicará al depositario lo dispuesto respecto al mandatario en el artículo 1.724.
Art. 1.724 El mandatario debe intereses de las cantidades que aplicó a usos propios desde el día en que lo hizo, y de las que quede debiendo después de fenecido el mandato, desde que se haya constituido en mora.
Es decir, que si alguien que es depositario de tus bienes (el banco) ha comprado cosas (obligaciones subordinadas) con ellos sin tu permiso, tiene, según el código civil, que devolvértelo, y además con los intereses correspondientes. Es bastante lógico y bastante claro. Por eso me parece raro que una entidad/sucursal/empleado de banca se meta en estos berenjenales. Por favor, si hay algún experto en leyes o alguno de los rankianos banqueros que lea esto, que me lo explique un pelín mejor, que yo no soy experta en esto.
Eso sí, que sepas que cualquier cosa que no entregues por escrito en la entidad correspondiente no existe. Todo por escrito, sellado como que ha entrado y a ser posible con burofax, con lo que queda constancia de que se ha entregado.
Saludos