Re: Nuevo Depósito BFS al 4.85% TAE a 18 meses
Esto no es correcto. Las aportaciones adicionales al FGD por los excesos de remuneración efectivamente se pagan por trimestres, pero hay que pagarlas por toda la vida del depósito y desde el momento en que se constituye. Esto es, si haces un depósito a un año ahora y lo cancelas una semana después, aunque el pago no lo hagas hasta el fin del trimestre (15 de enero) la entidad deberá aportar al FGD toda la aportación por el depósito a un año que ya ni siquiera tiene.
Anteriormente, en las antiguas aportaciones al FGD se hacía al final de la vida del depósito y sólo por el periodo en que ha estado vigente.
Realmente tiene sentido el endurecer las cancelaciones por anticipado.