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Impuesto de Sucesiones en Catalunya

45 respuestas
Impuesto de Sucesiones en Catalunya
Impuesto de Sucesiones en Catalunya
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#25

Re: Impuesto de Sucesiones en Catalunya

es que esos bienes los adquirió el fallecido con lo que ahorró en su momento, y como te dice Bancoastur, ya pago en su momento por las rentas que obtenía, por lo que tenía ahorrado, y por la compra.

por ejemplo, tu ahora tienes unos ahorros x del trabajo de tu vida. Lo que ganas con tu trabajo, te da para vivir y ahorrar (olé tu!). Con lo que ahorras te compras una casa, quizás como los precios están bajos y para no tenerlo en el banco, te da para comprar un par. Además vives en un piso de propiedad.

Desgraciadamente, y de verdad espero que no, en un par de años falleces. El valor catastral de referencia sigue un nivel altísimo no real, el mercado inmobiliario sigue parado y los bancos sin dar crédito.

¿como hace frente tu hijo de 18 años, sin trabajo o con un contrato basura, a tu herencia?
Esos pisos que has comprado ahorrando, privándote de ciertas cosas y pagando todos los impuestos existentes

¿es justo que tu hijo pierda toda o la mitad de tu herencia? quizás mejor te lo gastas ahora enviándolo cada año a USA a estudiar, que como mínimo dentro de unos años tendrá recuerdos de una gran juventud, no de un padre austero que ahorraba para darle un futuro con cierta supuesta seguridad.

En fin, para no darle más vueltas, entiendo tu argumentación y visto lo que escribes en otros hilos, estoy seguro que esta hecha desde el deseo de repartir riqueza para que todos estemos mejor, pero en mi opinión, este impuesto no nos iguala haciéndonos a todos más ricos, sino todo lo contrario, nos igualas haciéndonos a todos más pobres

#26

Re: Impuesto de Sucesiones en Catalunya

Desde luego que estos impuestos confiscatorios son un estímulo cojonudo al ahorro, la prudencia en el gasto, al emprendedor, al esfuerzo por mejorar etc... Para qué si al final nos van a igualar a todos por abajo?

Saluudos

#27

Re: Impuesto de Sucesiones en Catalunya

tienes razón en lo del valor de referencia, no se ha ajustado a la caída real del mercado inmobiliario. esto también lo sufre quien compra o venda un inmueble: si lo escrituras en el valor real de compra/venta, inferior a ese precio de referencia de hacienda, luego vendrá una inspección reclamando al vendedor por un mayor beneficio en la venta, y al comprador por haber recibido una donación. Hacienda debería ajustar el precio a la realidad.

pero lo anterior es otra cuestión. la constitución dice que cada uno debe pagar impuestos acorde a su capacidad de pago; ¿lo ves justo o no?. pues el chaval de 18 años que recibe tres pisos en herencia ha visto incrementada su capacidad de pago, por tanto, según la constitución, debe pagar por ese incremento. ¿y cuanto paga?, pues con parentesco de hijo y sin tener patrimonio preesistente supongo que a lo sumo un 5 o 10% (se puede mirar en la ley del impuesto el porcentaje exacto), cosa que no veo nada desproporcionada ni confiscatoria, aunque fuese un 30%.

el caso de las grandes fortunas es otro, por ejemplo botín dice que heredó 700 millones en cuentas en suiza abiertas en la guerra civil, no pagó nada, y descubierto el pastel hacienda le dio la oportunidad de regularizar pagando una pequeña cantidad, pero nada de sanciones, ni recargos, ni cárcel por delito fiscal.

bueno, saludos.

Detesto a las víctimas que respetan a sus verdugos.

#28

Re: Impuesto de Sucesiones en Catalunya

es que yo lo de capacidad de pago, si tienes que venderte algo para pagarlo, lo encuentro una barbaridad.
Para mi, y es una opinión basada en mi forma de pensar, no en unos conocimientos extensos de fiscalidad o constitucionalidad, la capacidad de pago debería ir ligada a la renta disponible, no a lo que haya podido cada familia acumular debido a su esfuerzo.

es decir, entiendo evidentemente que se pague por las rentas obtenidas de esos pisos o por los intereses que te den tus ahorros, pero no por ahorrar o reinvertir tus ahorros. El pago por heredar no es más que un impuesto más por lo que tu ahorras o reinvertes en patrimonio, que deberán pagar tus herederos.

Siguiendo con el ejemplo, el chaval de 18 años tendría capacidad de pago si alquila o vende esos pisos(ya pagaría igualmente los impuestos correspondientes), pero el impuesto de sucesiones dice que tiene que pagar ya, antes de llegar a tener esa posibilidad de tener capacidad de pago.

#29

Re: Impuesto de Sucesiones en Catalunya

podría ser un enfoque adecuado el que expones, ok, en ese caso lo único que se consigue es diferir el pago del impuesto: este heredero puede que algún día venda uno de los bienes heredados, en ese caso debería tributar por la ganancia patrimonial, precio de venta menos precio de adquisición (cero €), es decir, tributaría por el importe total de la venta, y posiblemente tribute a un tipo mayor que en sucesiones.

por que cuando venda si que se ha incrementado su capacidad de pago.

Detesto a las víctimas que respetan a sus verdugos.

#30

Re: Impuesto de Sucesiones en Catalunya

pero es que al heredar además de sucesiones también ya se paga una plusvalía, con lo que ya ha pagado por este incremento de valor.

a ver, conozco algo el caso de Catalunya pero imagino que será igual en todos los sitios donde se eliminó o limitó el impuesto de sucesiones, la gente siempre ha seguido pagando las plusvalías municipales.

#31

Re: Impuesto de Sucesiones en Catalunya

Hola Antoine conozco bien el tema de sucesiones y es un impuesto demencial .

Diferente es que a partir de ese año pague patrimonio etc .

También podría ser una fabrica que tiene que mal vendersse por tema de sucesiones .
Aquí en vez de Corte ingles teníamos Almacenes unzu .

El tio no tenia hijos , monto una fundación diriguida por hermanas y luego sobrinos .
desastre total y ruina y docenas de despedidos a los pocos años de mala manera .

La fundación daba unos sueldos cojonudos .

En general me parece una ley MALA , habrá excepciones pero un impuesto de sucesiones con carácter general es malo .

Un abrazo

La desigualdad importa aunque aún no lo sepas

#32

Re: Impuesto de Sucesiones en Catalunya

Una cosa es pagar por un rendimiento o beneficio y otra es pagar duplicidades, este impuesto es pagar por algo que ya se ha pagado, no sirve lo del trabajador y el IVA, por que eso lo hacemos todos, pero no creo que te guste pagar el IVA por una compra y luego volverlo a pagar por que en vez de consumirlo tu lo consume tu hijo, pues este impuesto es lo mismo, y fíjate si es así, que los que lo retiraron lo hicieron por que ellos mismos decian que era una duplicidad, pero ahora resulta que se les ha olvidado y lo vuelven a sacar, son tan incoherentes como sus promesas políticas