Ikros está en lo correcto.
Nunca acepte voluntariedad y opino juridicamente que es indiferente que cambie de dueño y que eso no tiene que afectar para nada a la indemnización por despido.
El despido por tanto es improcedente, porque no existe la causa de despido de la sucesion de empresa
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¿De qué depende el importe total de la indemnización por despedido?
La indemnización por despido depende fundamentalmente de tres factores:
- El salario del trabajador. Es decir, el importe total que cobra el trabajador al año (salario bruto anual).
- Su antigüedad en la empresa. La antigüedad es el número de meses que el trabajador ha trabajado en la empresa. A la hora de contar los meses de antigüedad para el cálculo de la indemnización, es importante tener en cuenta que si se trabaja un día de un mes es como si se hubiese trabajado todo el mes completo.
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Tipo de despido que se le haya realizado. Actualmente, sólo tienen indemnización el despido objetivo, y el despido improcedente. Si un despido es procedente, no hay derecho a la indemnización, aunque el trabajador sí tiene derecho al finiquito.
3) Indemnización mixta: 33/45 días por año trabajado. Si el despido es de tipo improcedente, y el contrato del trabajador se celebró con fecha anterior al 12 de febrero de 2012, para realizar el cálculo de la cantidad final indemnización hay que sumar los importes de dos tramos distintos:
- Para el total de días de antigüedad acumulados antes del 12 de febrero de 2012, se pagará una indemnización de 45 días de salario por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades.
- Para los días de antigüedad posteriores al 12 de febrero de 2012, se pagará la indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
https://ocupa2.com/asesoramiento-laboral/indemnizacion-por-despido-como-se-calcula/
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Deberiamos saber sueldo de antes y considerar que el sueldo de 500 es a tiempo parcial y corresponde un sueldo a 1000 a tiempo completo que es la indemnización y sobretodo que ni el empresario actual, ni el sucesor se desentiendan porque tiene que dejar clara su mujer, su intención de demandar laboralmente y siendo la cantidad tan alta debería dejarlo en manos de un profesional abogado laboral, porque casi seguro, no les interesaría a ambos empresarios un despido, si la cantidad es tan alta como parece (a mi, no).
Cada uno que asuma su responsabilidad y un traspaso de negocio, no es solo un simple contrato mercantil.
Le compensa con creces un abogado laboralista y que sea el que negocie, porque hay en juego mucha cantidad de dinero y una persona que ha dejado mucho tiempo y esfuerzo (24 años).
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El Estado pagará un pensión justa al que se jubila, pero también los trabajadores recibirán lo justo porque no pueden ser de "usar y tirar".
Los Chikos del Maiz - Trabajador@s
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GATILLAZO "Esclavos del Siglo XXI" - Videoclip oficial
Un saludo