Plazo de 6 meses que dispuso la Seguridad Social. Para la resolución de las solicitudes del ingreso mínimo vital (IMV) de muchos solicitantes, antes de determinar como desestimadas estas solicitudes por silencio administrativo.
Desde la propia seguridad social y el gobierno aseguran que ninguna solicitud quedara sin respuesta, por lo que a través de sus canales oficiales de comunicación indican que no es necesario reclamar, ni solicitarla de nuevo debido a que el silencio administrativo no se va a aplicar.
Pasados los 6 meses estipulados, si no recibimos respuesta de ningún tipo, pese a lo que ha expuesto el INSS. Solo dispondremos de 30 días para realizar una reclamación previa. Que es el paso anterior y necesario si queremos acceder a la vía judicial posteriormente, en caso de que la administración no nos de ninguna respuesta.
Antes de realizar nuestra reclamación, que en el momento que la administración responda a nuestra solicitud y en caso de estar denegada o que esta exponga algún error. Que el plazo de reclamación pese a que hayan expirado los 6 meses se mantendrá en 30 días. Por lo que, aun habiendo superadoñ esta fecha limite, dispondremos del derecho a reclamar en el plazo habitual que hemos explicado anteriormente.