Acceder

Plazo baja censal Mº 037

20 respuestas
Plazo baja censal Mº 037
Plazo baja censal Mº 037
Página
2 / 3
#9

Re: Plazo baja censal Mº 037

OK!
No sabes como te agradezco la paciencia que has tenido con migo, pero sobre todo, por lo que me has enseñado.
Solo me queda decirte que la tienda es una ferreteria, estoy en Fuenlabrada, si quieres algo, aquí estaremos hasta final de mes, te aré un buen descuento. jeje
Un saludo!

#10

Re: Plazo baja censal Mº 037

Jaja, ok, pero me parece que no llegooooooooo ;)

Saludos y que te vaya bien en tu "nueva vida"

#11

Re: Plazo baja censal Mº 037

Hola brujitabuena!
Todavía me quedo una duda, ahora si es lo último, jeje.
Te cuento. Por lo visto, después de la fecha del cese de actividad, (en este caso 31/12) en esos 30 dias que te dan para presentarla, puedo seguir vendiendo (yo tengo pensado presentarla el dia 17 de Enero). Lo que no tengo claro es lo de la baja de la Licencia en el Ayuntamiento, parece ser que para no pagar el IAE o residuos, tendría que darme de baja este año tambien, pero no se si una vez dado de baja, igual los del Ayntamiento no me dejan. Bueno... yo creo que si ven que estoy de liquidacion, no me diran nada, digo yo?
Tu que opinas?
Saludos!
Y muchisimas gracias !

#12

Re: Plazo baja censal Mº 037

A ver: tú cuándo causas baja? me da igual el día que la presentes. Ya te dije que, si causas baja efectiva el día 31.12.12, a partir de esa fecha no puedes vender nada, ya que ya estás de baja.

Respecto al IAE, por ser persona física, no lo hagas desde hace ya años... Lo otro, no tengo ni idea, deberás pregunta en tu ayuntamiento.

Saludos!

#13

Re: Plazo baja censal Mº 037

Muchas gracias amiga!
Me vas a mandar a la m... aunque creo que esto no solo es bueno para mi, seguro que a tí también te interesa.
Veras, he comentado el teme con un cliente que trabaja en hacienda y me ha dicho que aunque yo en la 037 ponga esa fecha de baja, puedo estar esos 30 dia liquidando el genero.
No hemos hablado nada más por que tenia prisa. Después yo he pensado...¿Que problema puede haber si nadie lo sabe nada más que yo? no hay nada escrito ni firmado por ninguna parte!, yo el dia 15/1 (por ejemplo) voy lo entrego y punto, que me van a decir?.
Yo lo que pretendo es que me quede lo menos posible de genero, por que si no lo tendré que tirar, no creo que ellos lo consientan, digo yo?
Perdoname, esto simplemente es un comentario, tu sabes bastante más que yo.

Muchas gracias de nuevo!
Saludos!

#14

Re: Plazo baja censal Mº 037

Pero qué 30 días? si ya estás de baja, estás de baja y punto. Y si tú haces una factura de una venta el 15 de enero, aunque aún no hayas presentado el 036-037, digo yo que en abril 2013 tendrías que hacer la declaración de IVA-IRPF del primer trimestre por esa venta, no? y dónde está entonces la gracia de lo que tú querías, que era no tener que hacer nada en 2013? Además, es que ya estarías de baja!! y estar de baja en una actividad empresarial no te faculta para facturar. Para eso, has de estar de alta.

De todas formas, si te lo ha dicho uno que trabaja en hacienda........ que vaya a misa...

Saludos!!

#15

Re: Plazo baja censal Mº 037

A ver es que no me he explicado bien, perdona. Exactamente, puedo vender, pero... siempre que no haga facturas.
Yo estoy en régimen de estimación objetiva (Modulos).

Saludos

#16

Re: Plazo baja censal Mº 037

Hombre, claro, no te joe (perdona, pero es que...). Eso ya lo sabía yo también. Como si te quieres dar de baja ya y seguir vendiendo un año más...

Pero eso no tiene nada que ver con hacienda y la baja ahí. Eso ya es otro tema, no crees?

Saludos!!

Por cierto, tu amigo que trabaja en hacienda, un iluminado ;)

Te puede interesar...
  1. La historia de ZARA y el imperio INDITEX de Amancio Ortega
  2. Iker Jiménez bate récords de audiencia tras el boicot de ING Direct y los ataques desde la izquierda