c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
Yo de fiscalidad entiendo relativamente poco, pero me ha parecido que es bastante claro, pero atención habla de "los tres últimos ejercicios disponibles ..." no sé si la cosa ha cambiado mucho, porque hace años que llevo temas contables de sociedades mercantiles, con lo cual esto de los autónomos mas bien poco, sin embargo al menos cuando en algo estaba metido el modelo 130 era acumulativo, me explico en el primer trimestre se ponía el volumen del trimestre, en el segundo el acumulado del primero mas el segundo, y a la hora de calcular el 20% del pago a cuenta se deducía lo liquido en el trimestre anterior, en el tercer trimestre igual y en el cuarto lo mismo , por lo tanto de alguna manera quedaría reflejado, si no ha cambiado en estos años, el volumen de ventas en el cuatro trimestre del año, entonces sería cuestión de acreditarlo con las declaraciones del modelo 130 de los tres últimos años, yo en tu caso les pondría todos los trimestres, y no dejaría de incluir, aunque no parece preceptivo, una carta del banco con el que operas, y si son mas de uno, pues todos, por la que manifiesten (nada de certificar, porque se negarán a ello) que tienes una operativa correcta, y que hasta la fecha no se registran impagos de recibos, cheques o pagarés por falta de provisión de saldo en cuenta.
Si por alguna razón han devuelto un recibo a tu orden, al indicar en "la manifestación" que "no se registran impagos por falta de provisión, pues eso ...