Alta epígrafe hacienda
Buenas tardes, tengo una duda a cerca del tema que os comento:
Actualmente y desde hace ya varios años trabajo por cuenta ajena, vista la situación laboral, los sueldos bajan, en mi caso el 70% corresponden a variables y me las han retocado a la baja ya 3 veces en menos de un año, estoy valorando la posibilidad de hacerme agente de seguros a tiempo parcial y en un medio plazo y viendo como me funcione, dar el salto a la profesión liberal en exclusiva.
Tengo entendido que en principio no tengo porque hacerme autónomo, simplemente me tendría que dar de alta en el epigráfe correspondiente de hacienda y ya podría empezar a funcionar hasta haber conseguido ingresos no superiores a 7000 eur dentro del año natural, una vez superado este importe si tendría que darme de alta como autónomo con carácter retroactivo o eso tengo entendido (por favor corregirme si estoy equivocado). Bueno pues esto me ha generado una duda.
En el caso que comenzara mi nueva actividad profesional solamente dándome de alta en el epígrafe de mediador de seguros, compagínándolo como mi actual trabajo por cuenta ajena y en un momento dado, la empresa para la que trabajó como asalariado decidiese despedirme por cualquiera motivo, tendría derecho a la prestación por desempleo?
Os agradezco mucho vuestros comentarios y muchas gracias anticipadas.