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Plus transporte

1 respuesta
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#1

Plus transporte

Buenos dias,

En el Convenio colectivo de pequeños comercios me detallan que en el sueldo tengo que pagar SB + plus de transporte. El plus transporte es de 90 euros mensuales (en el C.Co me pone que se tienen que pagar los 12 meses del año).

Mis preguntas son:

1º Considero ese plus como base salarial? Por ejemplo, seria extrasalarial si no estuviese en convenio...

2º si la jornada es parcial, por ejemplo... un 30% de la jornada "normal"... tengo que pagar enteros los 90€ o bien puedo prorratear (30% de 90 euros = 27 euros).

De nuevo, muchas gracias por vuestras aportaciones y por vuestra atención.

#2

Re: Plus transporte

Con alguno de los recientes cambios del 2012, los pluses de transporte pasan a integrarse en la base de cotización, y más si es obligado por convenio.
Por inercia, muchísimas empresas y gestorías que llevan nóminas siguen poniendolo fuera de la cotización a la SS, pero no es correcto.
Lo único que queda fuera de la SS, y del IRPF, incluso si es por convenio, es el llamado cheque-transporte público, que también puede materializarse en la adquisición directa por la empresa y entrega posterior al trabajador de los títulos de transporte público.

Sobre si corresponde el plus íntegro o prorrateado según jornada, depende de lo redactado en el convenio.
En el sectorial de enseñanza no formal (Academías...) existen tres escalones de plus de transporte según horarios de trabajo efectivo. En el de comercio minorista, habría que ver cual es el de aplicación, si sectorial provincial o autónómico, nacional,...
Si el convenio no establece prorrateo o escalones según jornada, o días de asistencia al trabajo, siempre corresponde integro.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!