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Consulta laboral - empleo

5 respuestas
Consulta laboral - empleo
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#1

Consulta laboral - empleo

Buenas, rankianos:

¿Puede una empresa "obligar" a una trabajadora madre de una hija menor de 3 años a cambiar su turno cada semana? Actualmente, trabaja de 8 a 15 y quieren que rote para hacer también de 15 a 22 h. No hace reducción de jornada, pero ella no está de acuerdo porque no podría atender a su hija si trabaja de mañanas.

Saludos

#2

Re: Consulta laboral - empleo

Ninguna empresa puede obligar a sus trabajadores a que realicen un cambio de turno. El cambio de turno debe ser voluntario y en caso de que no quieras aceptarlo, debes quedarte en las condiciones que tenías antes, es decir, de 8:00 a 15:00h.

Si al negarte a realizar el cambio de turno la empresa te despide, tendrías derecho a la mayor indemnización legal posible al tratarse de un despido improcedente.

 

#3

Re: Consulta laboral - empleo

Borja ¿hay algún artículo del ET que lo diga? Gracias

#4

Re: Consulta laboral - empleo

La única manera en que podrían cambiarte de turno sin tu consentimiento, sería a través de una modificación del contrato de trabajo aplicando el artículo 41 del Estatuto de los trabajadores.

La dirección de la empresa puede acordar modificaciones de las condiciones de trabajo cuando existan razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Las condiciones que estén relacionadas con la competitividad, productividad y organización técnica o de trabajo.

Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:

  • Jornada de trabajo.Horario y distribución del tiempo de trabajo.
  • Régimen de trabajo a turnos.
  • Sistema de remuneración y cuantía salarial.
  • Sistema de trabajo y rendimiento.
  • Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 de esta Ley.

Un saludo.

#5

Re: Consulta laboral - empleo

Lamentablemente, en el contrato de trabajo muchas veces no viene reflejado el horario de trabajo, sino que prefieren reflejar el numero de horas semanales de forma general. Para no pillarse los dedos.

Quiero decir, es posible que esa trabajadora lleve haciendo el turno de 8 a 15 desde siempre, pero que en su contrato venga reflejado unicamente que realizará 35, 40 o las horas semanales que sean, y que están repartidas entre lunes y viernes o lunes y sábado o lo que sea.

Desconozco el tema en profundidad, dicho esto, creo recordar que si tiene un hijo menor de 3 años podría elegir turno con preferencia sobre sus compañeros que no tengan hijos menores de esa edad.

Saludos.

#6

Re: Consulta laboral - empleo

Las empresas aprovechan todos los resquicios legales posibles para obtener ventajas y una manera de ello es lo que comentas de especificar las horas que realiza a la semana sin especificar el turno.

Podría justificar que durante todo este tiempo ha realizado siempre el mismo horario (de 8:00 a 15:00 h.), y que ahora mismo dado que tiene una hija pequeña, le es imposible cambiarse al turno de la tarde.

A la hora de elegir turno tiene preferencia sobre las demás compañeras al tener una hija pequeña.

Un saludo.

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