Duda de paga extra tras despido
Recientemente he dejado el trabajo teniendo un contrato de fin de obra , aun que lo haya dejado yo ¿tengo derecho a cobrar los 4 meses de paga extraordinaria?
Gracias
Recientemente he dejado el trabajo teniendo un contrato de fin de obra , aun que lo haya dejado yo ¿tengo derecho a cobrar los 4 meses de paga extraordinaria?
Gracias
Si es porque ha finalizado el trabajo y hablamos de un contrato fin de obra, entonces si que tienes derecho a percibir las correspondiente paga extraordinaria de acuerdo con lo que has trabajado, pero si ha sido cosa tuya y has tomado la decisión de irte, creo que no.
Hay que ver lo que dice el convenio, si el periodo de devengo de las pagas es de tal a cual fecha, o si solo corresponde a quien sea trabajador en la fecha concreta del pago.
Lo normal y habitual es que el perido de devengo sea continuado, aunque la fecha concreta de pago sea extraordinaria (o sea, no es la fecha ordinaria y regular de mes a mes).
En tal caso, por supuesto que en la liquidación de haberes corresponde la parte devengada de las pagas extras, así como las vacaciones devengadas no disfrutadas. Sin menoscabo de tener que restar por los posibles días de falta de preaviso. Como el fin de contrato a sido a instancia tuya, lo que no corresponde es la indemnización por fin de contrato.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!