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¿S.C.P. o S.L. para tienda?

10 respuestas
¿S.C.P. o S.L. para tienda?
¿S.C.P. o S.L. para tienda?
#1

¿S.C.P. o S.L. para tienda?

Hola, me llamo Javier, 35 años, y junto con Anna, mi novia, 25 años, queremos abrir una tienda minorista.

Habíamos pensado en crear una SCP y ser autónomos los dos. Como a partir de 2016 las SCP pagaran impuesto de sociedades me han recomendado crear una SL.

En este enlace hablan de unos 410€ para montar una SL: http://pre.circe.es/Circe.Publico.Web/Articulo.aspx?titulo=Res_Coste_Creaci%C3%B3n_SLNE pero al parecer se puede hacer por menos, unos 100€ ¿alguien sabe algo?

¿Creéis que una SL es la mejor opción para nosotros?

¿Podremos acogernos los dos a la tarifa plana para autónomos, independientemente que uno o los dos seamos administradores?

¿Sería mejor que mi novia creara la SL por tema de edad y que es mujer; ayuda, subvenciones...?

¿Cambiaría en algo nuestra situación si estuviéramos casados? Nos vamos a casar el año que viene, seguramente después de abrir la tienda.

Gracias por la ayuda.

#2

Re: ¿S.C.P. o S.L. para tienda?

Si es SL no hay tarifa plana de autónomos. En el foro hay varios hilos de personas que ilusionadas, y poco o mal informadas, se dieron de alta alegremente montando una SL, y pretendiendo tener lo de la tarifa plana. Y luego se encontraron que no solo no es de aplicación, sino que encima incluso se tiene que cotizar por una base superior.

Eso solo en referencia a lo de la bonificación en la cotización de autónomos, ya que lo comentas explícitamente, y es uno de los factores a considerar.

Por otra parte, aunque el resultado económico iguala tributación, ya que ambas entidades lo van ha hacer por IS, eso es solo uno de los considerandos. Una SL o una SCP pueden tener diferentes ventajas e inconvenientes. Depende de ...

Una SCP va a ser un instrumento más ágil y más barato de llevar la gestión. Una SL, por poco más, y una gestión más formalista y menos ágil, te faculta limitar la responsabilidad de los socios (patrimonio separado socio/sociedad), y puede ser mejor apariencia para financiadores.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: ¿S.C.P. o S.L. para tienda?

Gracias Cachilipox.
Me queda claro que con SL adiós a la tarifa plana. Las dos opciones que tenemos son:

a) SCP, donde yo sea administrador, y por tanto sin derecho a tarifa plana, y mi mujer socia con menos de un 33% y ella si podrá acogerse a la tarifa plana.

b) Como se comenta en el siguiente enlace: "lo más recomendable en el caso de nuevos emprendedores es crear una marca, y no una empresa, y trabajar como autónomos mientras puedan disfrutar de la tarifa plana. Se trata además de un periodo, entre 18 y 30 meses según tu edad, en el que podrás testar la viabilidad de tu negocio y valorar si finalmente creas la empresa para continuar tu labor".

http://www.sageone.es/2015/02/19/ley-de-emprendedores-montar-una-empresa-o-pagar-tarifa-plana-de-autonomos/

No se si en el caso de una tienda esta formula podría funcionar...

#4

Re: ¿S.C.P. o S.L. para tienda?

Hola! Como bien te ha avisado Cachillipox atento a la tarifa plana de autónomos porque tiene sus limitaciones. Te recomiendo que antes de tomar una decisión hagas números, tanto para autonomo como comunidad de bienes, como en el caso de matrimonio. 

Te dejo links sobre aspectos relacionados, ya que en este caso lo mejor es estar informado y tomar la decisión cuando uno esta bien informado. 

https://www.rankia.com/blog/autonomos-y-emprendedores/2622078-sociedad-limitada-comunidad-bienes

https://www.rankia.com/blog/autonomos-y-emprendedores/2316648-autonomo-s-l

https://www.rankia.com/blog/autonomos-y-emprendedores/2508778-cambios-tarifa-plana-autonomos

Saludos y suerte en la decisión que tomes! No dudes en volver a escribir tus dudas! 

 

#5

Re: ¿S.C.P. o S.L. para tienda?

Esa es otra, sigue siendo perfectamente legal y posible desarrollar una actividad económica mediante una entidad en atribución de rentas, una CB en concreto. Es muy similar a una SCP, con ciertas peculiaridades diferentes.

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#6

Re: ¿S.C.P. o S.L. para tienda?

Si hay una previsión de un mínimo de facturación la idea de la CB es genial, el motivo? muy simple, con la nueva reforma fiscal todas las SCP pasan a tributar impuesto de sociedades. Eso quiere decir que del beneficio que tenga la SCP se tributará un 25% en impuesto de sociedades y posteriormente si se quieren repartir el benéfico volverán a tributar sobre IRPF al tipo impositivo que les corresponda. Vamos una doble tributación.
No se si es por descuido o porque han querido dejar una vía de escape, pero la agencia tributaria no hace referencia en la reforma fiscal a las CB, solo a las SCP, por tanto podrían constituir una CB y darse de alta por módulos y ser dos autónomos que aportan trabajo a la CB tributando únicamente IRPF. Depende del epígrafe tendrán que pagar el recargo de equivalencia, pero si estiman un mínimo de ventas por estar ubicada la tienda en una zona muy comercial les puede resultar una opción muy interesante.
Saludos.

#7

Re: ¿S.C.P. o S.L. para tienda?

Gracias a todos por la ayuda. ¿No debería ser más sencillo montar un pequeño negocio...?

Bueno, por lo que comentáis y me voy informando si quiero crear una SL mi mujer sería autónoma colaboradora, pagando la mitad de la cuota durante 18 meses. Esta es la forma de SL que más nos conviene, en mi opinión.

En tanto a la CB no la conocía hasta ahora, y si es legal para un pequeño negocio, en concreto una bodega con degustación, en un local alquilado, parece la forma ideal. Siempre teniendo en cuenta que si por cambio legislativo o porque el negocio fuera muy bien (ojalá) nos convendría en un futuro convertirnos en SL, con el coste que eso conllevaría.
En una CB los socios reparten beneficios y tributa cada uno por IRPF. Además las compras, el IVA, las ventas y expedir facturas siempre iría a nombre de la CB, correcto?

#8

Re: ¿S.C.P. o S.L. para tienda?

Tanto las Comunidades de Bienes como la Sociedades Civiles que tengan carácter mercantil( se libran las que ejerzan actividades profesionales) pasarán en 2015 a tributar por sociedades.

#9

Re: ¿S.C.P. o S.L. para tienda?

?????

Creo que hablas de oidas, y no es correcto.

Las entidades en atribución de rentas que pasan a tributar por IS son solo las SCP. El resto de entidades en atribución de rentas (herencias yacentes, comunidades de bienes, comunidades de propietarios, etc.) siguen estando en IRPF.

SCP que ejerzan actividad profesional y queden fuera del IS no las hay en principio, ya que por norma toda entidad que ejerciese dichas actividades propias de la sección 2ª del IAE debe matricularse dentro de la sección 1ª, en un epígrafe análogo (actividades empresariales). Y si una sociedad ejerce actividad empresarial, tiene objeto mercantil. Además de diversos criterios e interpretaciones subsidiarias de otras normas, en que establecen que el desarrollo de una actividad económica mediante el contrato de sociedad es siempre mercantil, en tanto que objeto o finalidad.

Puede que a lo largo del año, mediante alguna consuta vinculante la DGT exonere a algún tipo o actividad ejercida mediante SCP del impuesto de sociedades. O al revés, que cualquier actividad económica desarrolada por una entidad en atribución de rentas pase a IS. Pero ahora aun no es eso lo que dice la norma.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#10

Re: ¿S.C.P. o S.L. para tienda?

Desgraciadamente no hablo de oídas. La AEAT entiende que la mayoría de Comunidades de Bienes son Sociedades Civiles encubiertas.

#11

Re: ¿S.C.P. o S.L. para tienda?

Y muchas lo son, es cierto. Pero el literal de la Ley dice lo que dice, y no dice lo que no dice.

Lo nuevo de la ley del impuesto de sociedades es que algunas (y solo algunas concretas) de las entidades en atribución de rentas, actualmente excluidas de dicho impuesto, entran en él.

Por otra parte, sigue vigente la sujección al IRPF de las entidades en atribución de rentas, salvo aquellas que entren dentro del IS.

En el caso, habrá que determinar si estamos ante una copropiedad puesta en explotación económica, o ante un contrato de asociación con ánimo lucrativo. Y asimismo si dicha explotación económica o ánimo lucrativo tiene caracter de "actividad económica" o no.

Es lo que ya determina la ley, que las cosas son lo que son, según se desprenda de su contenido, y no por el nombre que las partes le den. Por mucho que se pretenda llamar CB a una asociación con ánimo de lucro, será en verdad una sociedad.

En esencia, lo que busca hacienda es disponer de datos sobre los negocios desarrollados por entidades en atribución de rentas. Hasta ahora, un autónomo persóna física debe desglosar de forma bastante detallada sus gastos en la declaración del IRPF. Una entidad en atribución de rentas no. Solo informa del resultado global y lo que corresponda a cada socio, mediante el modelo 184, pero sin entrar en detalles. Hacienda solo puede conocer ciertas operaciones singulares informadas por otros cauces (pagos a proveedores con retención IRPF, operaciones de más de 3.000 €).

Además, al no ser directamente sujeto pasivo, la propia SCP no puede ser sometida a un procedimiento de verificación de datos, y sus socios individualmente tampoco, pues los libros registro los lleva la SCP, no el socio. Salvo presunción muy fuerte, y que se investigue a todos los socios, poco se puede hacer. Así que hacienda debe tener la sospecha que pueden ser un coladero de pequeños gastos incorrectos.

 

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