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Embargo importe por orden juzgado

2 respuestas
Embargo importe por orden juzgado
Embargo importe por orden juzgado
#1

Embargo importe por orden juzgado

Buenos días
Tenemos una CB para la gestión de alquileres , procedimos a la apertura de una cuenta a nombre de los cuatro titulares , han embargado una cuarta parte del saldo, el banco nos ha comunicado que corresposponee a uno de los titulares. Este desconoce la causa no residiendo actualmente en España. Como podemos conocer el motivo y el montante total? Pueden seguir cargando enbargos en esta cuenta y si es así en que periodicidad?

Muchas gracias

#2

Embargo importe por ejecucion de titulos judiciales

No desconoce la causa porque cuando se ejecuta un embargo judicial, hay un procedimiento judicial, suelen ser de sentencias por multas por delitos leves o faltas, divorcio, contratos, etc.
Y seguro que vas al banco y en el recibo viene el procedimiento judicial y el procedimiento de ejecución judicial.

Que sepas que hay mucho chulo que pasa de los juzgados, pero los juzgados emiten un EDICTO que se publica al publico en sede judicial, que dice "el demandado según estipula articulo 156.4 y 164 de la LEC se encuentra en situación de rebeldía procesal. Te aconsejo que te leas el articulo 496 y ss. de la LEC, el demandado REBELDE.

Asi que es muy fácil saber de que se trata, basta con pedir el recibo del embargo a la entidad bancaria, porque el banco tiene en el recibo, que juzgado embarga, procedimiento judicial y procedimiento de ejecución.

El dinero de la cuarta parte desaparecerá en unos días, asi que a él le tocara ponerlo en negro.
Asi que no aumentes el saldo de la cuenta, ejemplo si la cuenta tiene 4.000 euros y han embargado 1000 euros, si la cuenta supera los 3000 euros, la cuarta parte que supera los tres mil euros se embarga, porque esta claro que le queda dinero pendiente al haber embargado el MAXIMO POSIBLE.
Si la cuenta corriente una vez quitado en breves días ese dinero embargado, aparece de repente con 3.400 euros se embargaran otros 100 euros.

#3

Re: Embargo importe por orden juzgado

Sí, pueden.
Periodicidad: cada vez que haya un aumento de posición, la cuarta parte de ese aumento (se entiende que al haber 4 titulares, cada uno es propietario de la cuarta parte). Hasta saldar la deuda. Salvo mejor opinión,