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Pensión permanente por migrañas y hemiparexia.

3 respuestas
Pensión permanente por migrañas y hemiparexia.
Pensión permanente por migrañas y hemiparexia.
#1

Pensión permanente por migrañas y hemiparexia.

Hola me han detectado recientemente la enfermedad de migrañas con aura, es como las migrañas normal pero se te adormece las manos, la lengua y aparte también afecta a la visión, soy conductor profesional, aparte de eso tengo también hemiparexia derecha con un grado de discapacidad de un 38%, y cotizados casi 9 años, ustedes creen que si pido una incapacidad me la aceptarán? Muchas gracias

#2

Re: Pensión permanente por migrañas y hemiparexia.

Buenas Jose Angel,

Por lo que comentas, esa enfermedad te está provocando dificultades para realizar tu profesión. Supongo que ya lo sabrás pero existen diferentes grados de incapacidad y la Seguridad Social exige para cada uno distintos requisitos generales y de cotización:

  • Incapacidad permante parcial: es compatible con el desarrollo otras actividades laborales y con el mantenimento del trabajo que ya estás llevando a cabo.
     
  • Incapacidad permanente total: es compatible con cualquier otro trabajo excepto el puesto que estás desarrollando actualmente.
     
  • Incapacidad permanente absoluta: es compatible con el desarrollo de actividades en tu estado.

Te dejo aquí con este artículo donde está más explicado: 

https://www.rankia.com/blog/mejores-seguros/2598500-cuales-son-tipos-incapacidad-laboral

En cualquier caso, recordarte que para realizar la petición de incapacidad tendrás que rellenar el modelo de solicitud de incapacidad permanente y entregarlo junto con la documentación que se indica en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Tras esto, podrán solicitarte la documentación y pruebas médicas que estimen necesarias y finalmente, teniendo en cuenta tu informe médico y tu informe de antecedentes profesionales se formulará el dictamen-propuesta y por último, se dictará la resolución con el grado de incapacidad y la cuantía.

Te dejo aquí a grosso modo los requisitos que indica la SS en su web (además de no tener la edad de jubilación y estar dado de alta):

Si deriva de enfermedad común, en situación de alta o asimilada:

  • Menor de 31 años de edad:
    • Período genérico de cotización: la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los 16 años y la del hecho causante
    • Período específico de cotización: no se exige.
  • 31 o más años de edad:
    • Período genérico de cotización: un cuarto del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió los 20 años y la del hecho causante, con un mínimo, en todo caso, de 5 años.
    • Período específico de cotización: un quinto del período de cotización exigible debe estar comprendido:
      • En los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante o
      • En los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, si se accede a la pensión desde una situación de alta o asimilada, sin obligación de cotizar. Lo dispuesto en este párrafo se aplicará, igualmente, a quienes, sin haber completado el período específico exigible, causen la pensión desde una situación de alta, con obligación de cotizar cuando dicha situación proceda de otra inmediatamente anterior de alta o asimilada al alta, sin obligación de cotizar

 

¡Espero que te sirva de ayuda! Pero como ves, para saber si te la concederían o no es nesario conocer más datos

Saludos

#3

Re: Pensión permanente por migrañas y hemiparexia.

Hola Clara, que cosas necesitarías saber para orientarme mejor? Tengo 27 años, y casi 9 cotizados.muchas gracias

#4

Re: Pensión permanente por migrañas y hemiparexia.

En lo que a requisitos de cotización se refiere por lo que me cuentas parece que los cumples. Como te había indicado y al ser menor de 31 años el período genérico de cotización que se te exige (para el caso de la incapacidad peranente total) es la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha en la que cumpliste 16 años y la fecha del hecho causante. No obstante, los criterios de determinación como te había comentado se hacen en base a tu caso y el informe médico así que lo mejor sería que acudieses directemente a alguna de las oficinas de la Seguridad Social y empezases con el proceso de trámites. Te dejo también el enlace a la web de la Seguridad Social donde podrás encontar la información que te había indicado antes. 

un saludo!

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