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Aumento salario por antigüedad

5 respuestas
Aumento salario por antigüedad
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Aumento salario por antigüedad
#1

Aumento salario por antigüedad

Buenas tardes.

El 20 de junio voy a cumplir 3 años de contrato en mi actual empresa.

El convenio colectivo que me aplica dice por un lado lo siguiente:

Las bonificaciones por años de servicio, como  premio de vinculación a la empresa respectiva,  consistirán, en este orden, en cinco trienios del cinco por ciento cada uno del salario base pactado para su categoría en las tablas salariales del presente Convenio, tres trienios siguientes del diez por ciento cada uno y un último trienio del cinco por ciento del indicado salario.

Y por el otro:

Los trienios se devengarán a partir del 1 de enero del año en que se cumplan y todos ellos  se abonarán con arreglo a la última categoría y sueldo base de Convenio que tenga el trabajador.

Dicho esto, este año no he visto incrementado mi salario en concepto de antigüedad, sigo cobrando lo mismo que firmé en el contrato en 2016.

¿Tengo derecho a pedir este aumento del salario del 5% del salario base de mi categoría?
¿El aumento de este año debe corresponder al 100% de este 5%, a la parte proporcional correspondiente (desde el 20 de junio hasta el 31 de diciembre) o no me corresponde aumento?

Gracias.

#2

Re: Aumento salario por antigüedad

¿Nadie puede contestarme u orientarme?

#3

Re: Aumento salario por antigüedad

¿Algún experto puede aconsejarme?

Paralelamente voy a trasladar la consulta a mi jefe.

#4

Re: Aumento salario por antigüedad

Con ese redactado, hasta podría interpretarse que no hay trienio hasta el 01/01/2020.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Aumento salario por antigüedad

Gracias por la respuesta.

Yo no lo había interpretado así.

Dice textualmente "se devengarán a partir del 1 de enero del año en que se cumplan". El año en el que se cumplen 3 años de la firma del contrato es éste.

Distinto sería si dijera que "se devengarán a partir del 1 de enero del año siguiente en que se cumplan". Entonces sí lo entendería como dices.

Un saludo.

#6

Re: Aumento salario por antigüedad

Es un texto hermeneutico.

Fíjate que por un lado dice eso del "cumplimiento", de la condición. Y por otro lado, dice lo del "devengo", la obligación del pago.

Además, utiliza la locución preposicional "a partir de", que denota que antes de se de la circunstancia, no se puede aplicar lo expuesto.

Analizando, a 01/01/2019, aun no has "cumplido" los tres años, así que dificilmente puede existir el devengo del trienio.

A partir del 20/06/2019, "cumplirás" los tres años, pero aun no habrá llegado la fecha que marca el inicio del devengo.

Será "a partir de" el próximo 01/01/2020 cuando ya tendrás efectivamente cumplidos los tres años mínimos de antigüedad, y además, el convenio establece que nace la obligación del devengo del trienio.

Si la locución del convenio dijese "Los trienios de devengarán DESDE el 1 de enero del año en que se cumplan...", entonces no habría duda interpretativa, y llevarías razón.

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