Acceder

Régimen de un socio-administrador no remunerado en una Comunidad de Bienes

1 respuesta
Régimen de un socio-administrador no remunerado en una Comunidad de Bienes
Régimen de un socio-administrador no remunerado en una Comunidad de Bienes
#1

Régimen de un socio-administrador no remunerado en una Comunidad de Bienes

 
Un socio-administrador tiene el 25% de participación en una Comunidad de Bienes (creada para el alquiler de una plaza de garaje), gestiona dicha Comunidad pero no percibe ninguna remuneración (hace las gestiones con carácter gratuito), ¿está obligado a darse de alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social?. Es una Comunidad de Bienes que factura 840€ al año por el alquiler. 

#2

Re: Régimen de un socio-administrador no remunerado en una Comunidad de Bienes

No veo motivo para el alta en autónomos. La comunidad de bienes tendrá que darse de alta en Hacienda a efectos de IVA exclusivamente.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

Cookies en rankia.com

Utilizamos cookies propias y de terceros con finalidades analíticas y para mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias a partir de tus hábitos de navegación y tu perfil. Puedes configurar o rechazar las cookies haciendo click en “Configuración de cookies”. También puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Aceptar”. Para más información puedes visitar nuestra política de cookies.

Configurar
Rechazar todas
Aceptar