Re: Tiempo exigido para darte certificado de empresa
No pasa nada, si ya está aprobada tu prestación cobrarás esos días del 2 al 12 y después del día 17 solicitas la reanudación de la prestación, si todavía no está tramitada aún podrías arreglarlo despúes del día 18 o decidir si prefieres dejar de cobrar esos días y dejarlos para el final.