Confirming que no es confirming
Buenas.... lo mío son los seguros, pero como acabas (y más en estos tiempos) haciendo de confesor del cliente.. que te cuenta sus problemas buscando consuelo... aunque sea por aquello del "mal de muchos...." en fin, os cuento el caso, a ver si sé explicarlo:
Pequeña pyme con un cliente (empresa bastante más grande, y de historial solvente) que paga mediante confirming (a través de la caixa). Nuestro amigo suele ir sobrado de liquidez, por lo que nunca ha "descontado" (perdón si no es el término correcto)ninguno de los pagos, siempre espera al vencimiento. Sin embargo (insisto, después de mucho tiempo trabajandoles y cobrando sin problemas) por una cuestión puntual de liquidez (de días) decide ir a la caixa a solicitar un adelanto de uno de los pagos de la empresa que comentábamos (un adelanto de apenas un mes al vencimiento). Pues bien, cuál es su sorpresa, cuando después de bastante rato trasteando en el ordenador, la interventora de la sucursal le dice algo así como que ya han sobrepasado el riesgo de ese cliente, y que no adelantan más confirmings.... nuestro amigo, incrédulo, y aún no conociendo al detalle el producto, pero tirando de "sentido común" le contesta que qué quiere decir que ha sobrepasado su riesgo... si es la propia caixa la que "emite" los confirmings... y la que conoce el montante de pagos pendientes.. por lo que es la caixa la que debería haberle "cortado el grifo" de los confirmings a su cliente..... La interventora (entiendo que dándose cuenta que nuestro amigo tiene algo de razón) y el director de la sucursal vuelven a hacer llamadas a barcelona... pero les dicen que nones, que no hay más adelantos para ese cliente... nuestro amigo, evidentemente, monta en cólera, alegando que él tiene un confirmig de la caixa... pero que en la práctica es un pagaré corriente y moliente.....
cómo lo véis? quién tiene razón? es normal la actitud de la entidad financiera'
pd: me he leído y releído el post de w. petersen sobre el confirming, y yo entiendo lo mismo que mi cliente... que la entidad está "obligada" a hacer el adelanto, con el interés que corresponda.... o no?