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Eurobank: cuestiones de (posible) interés

4 respuestas
Eurobank: cuestiones de (posible) interés
Eurobank: cuestiones de (posible) interés
#1

Eurobank: cuestiones de (posible) interés

1.- Eurobank debería continuar funcionando normalmente. La intervención no supone la finalización inmediata de actividades. En los casos de perdida de confianza en las entidades se generan problemas de liquidez.

2.- Los fondos en cuentas en efectivo deberían poderse retirar sin ninguna limitación.

3.- Los depositos a plazo también. La penalización máxima podía ser hasta el límite de los intereses generados hasta la fecha y podria discutirse su aplciabilidad en un caso como este.

4.-Cuestión distinta son los seguros estos aunque están comercializados por Eurobank son contratados con una emrpesa que en estos momentos no esta intervenida ni se ha dado ninguna informacion respecto a ella ( seria POR PONER UN EJEMPLO que el BBVA estuviera intervenido, la compañia con la que trabajara p. ej AXA continuaria funcionando exactamente igual ). En próximos días se podrá tener una información más acertada de la situación patrimonial del grupo.

5.- Contratos financieros atipicos entiendo que existen fundamentos juridicos en los que basar su resolución .- Los contratos financieros están basados en la confianza de los contratantes y si las entidades incluyen supuestos de vencimiento anticipado en caso de perdida de garantias logico es que también se permita a la inversa aunque como todo está sometido a criterio judicial caso de que no se admita el vencimiento anticipado por parte de la entidad.

6.- Si la entidad se negara a permitir la retirada de los fondos podrían intervenir los fondos de garantia.

Existen dos fondos de garantía uno de depósitos y otro de inversiones ambos sirven de garantía y de metodo de generar confianza en la clientela. El capital depositado/ invertido garantizado esta en los 20.000 euros por titular persona fisica o jurídica. Si hay dos personas cotitulares de un deposito( p.ej. un matrimonio) son 40.000.- Real Decreto-ley 18/1982, de 24 de septiembre, sobre Fondos de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito y El Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores.

#2

Re: Eurobank: cuestiones de GRAN interés

Gracias por tus aclaraciones, Carlos.

Seguro que van a ser de gran ayuda para muchos clientes de Eurobank.

Un saludo.

#3

Re: Eurobank: cuestiones de (posible) interés

Muchas gracias por las aclaraciones.Un saludo

#4

Re: Eurobank: cuestiones de (posible) interés

Carlos,en los casos de depositos referenciados a una cesta de valores con el capital garantizado , que finalizan dentro de un año y cuya rentabilidad esta relacionada a esa cesta .¿qué pasaría con ellos?.Un saludo y gracias por tu respuesta.

#5

Re: Eurobank: cuestiones de (posible) interés

Carlos muchas gracias por las aclaraciones me han sido muy ulites yoa soy una afectado sigue informando si hay novedades
gracias

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