Hola, refloto este tema para plantear mi situación personal.
En 2015 realizo venta de vivienda de VPO con la obligatoriedad de devolver previamente las ayudas AEDE percibidas. Éstas datan de 2008 y declaradas de forma consecutiva en 4 periodos impositivos: 2008,2009,2010 y 2011.
En su día formulé a la Agencia Tributaria de palabra si podía imputarlas como pérdida patrimonial de 2015 y los intereses y la respuesta fue afirmativa.
Pues bien,hoy realizando la declaracion cita previa el técnico me dice que no. Que solo puedo meter como perdida de 2015 los intereses. Y la ayuda AEDE es imputable a los ejercididos anteriores, pero que solo puedo solicitar un reajuste de la última que no han trancurrido 4 años, es decir de la de 2011. El resto lo pierdo, es decir 3/4 partes de la ayuda he tributado por ellas y encima las devuelvo.
Cada funcionario que pregunto me ha transmitido una idea diferente.
Puedo incorporar la ayuda AEDE completa como pérdida imputable al ejercicio 2015?? Qué se os ocurre??
Hago solicitud de la de 2011 y el resto lo meto en 2015 esperando que me llamen???
Muchas gracias