Warrants: !Sorpresa! Compensación de minusvalías
En éste y en otros foros, parece estar claro que la norma de los dos meses no es aplicable a las operaciones con derivados (opciones, futuros, warrants, CFD's, etc.)
Estaba preparando la declaración de IRPF 2011 en base a mis datos fiscales, cuando he recibido el resumen bancario de ganancias y pérdidas patrimoniales del banco en el que opero exclusivamente con warrants. En dicho resumen el banco me comunica textualmente “La norma anti-aplicación de minusvalías se aplica también a los Warrants, por lo que no se computarán las pérdidas patrimoniales cuando el contribuyente, dentro de los dos meses anteriores o posteriores a la enajenación de los Warrants que ocasionaron las mismas, hubiera adquirido Warrants idénticos.”.
Si esto es así, me perjudicaría enormemente pues, de tener 18.000€ de minusvalías a compensar, pasaría a tener unas plusvalías de 17.000€.
Por favor, ¿Alguien me puede aclarar esta discrepancia de información?
Gracias.