En que ejercicio he de declarar salarios de tramitación cobrados de FOGASA
En marzo de 2010 me despidieron, denuncié y en julio de ese mismo año salió sentencia a mi favor. Me adeudaban el salario de marzo (finiquito) y la indemnización. La empresa en septiembre presentó el concurso de acreedores, y en marzo de 2011 salió la sentencia de cantidad que también fue a nuestro favor y en mayo solicitamos el pago de FOGASA tanto de salarios como de indemnización (la empresa ya se había declarado como insolvente). Hace unos días cobré de FOGASA (ya había presentado la renta de 2011), y ya he devuelto lo que le adeudaba al INEM (estuve cobrando paro desde abril hasta julio y se me reconoció un nuevo derecho en agosto de 2010).
Mi duda es si he de hacer una complementaria sólo de 2010 (ya que los salarios son salarios que se dejaron de percibir entonces) y regularizar también el cobro del INEM (ya que declaré en su momento todo lo que el INEM me había pagado desde abril a diciembre) o, como he leido en algún sitio, he de hacer la complementaria de 2010 con lo del INEM y una de 2011 con los salarios porque es cuando se solicitó el pago a FOGASA?
Gracias de antemano por la ayuda.