Tributación de la venta parcial de derechos
Buenas noches.
Ahora que están de moda los dividendos en forma de acciones, nos toca familiarizarnos con los derechos de suscripción preferente. Lo habitual en estos casos es que siempre te sobren derechos que al final acaba vendiendo el broker cuando termina el periodo de suscripción lo cual te da un pequeño beneficio. Tengo más o menos claro que pasa cuando compras 100 acciones, te dan 100 derechos y luego vendes esos 100 derechos, sin embargo no se muy bien que pasa cuando la parte de derechos que vendes es menor. Supongamos el siguiente caso:
1) Compra de 100 acciones de la empresa A.
2) Compra de 50 acciones de la empresa A.
3) Asignación de 150 derechos de suscripción. Por cada 20 derechos te dan 1 acción
4) Se suscriben 7 acciones y por tanto sobran 10 derechos.
5) El broker vende los 10 derechos por 10 euros.
Ante esto me surgen las siguientes preguntas:
a) ¿Los 10 euros se prorratean para minorar el precio de compra de las 150 acciones? o...
b) ¿Se aplica la FIFO para los derechos de manera que se considera que los 10 derechos vendidos proceden de las 100 primeras acciones compradas y por ende los 10 euros minorarán SOLO el precio de las 100 primeras acciones que se compraron?
c) Si suponemos que me cobran 1 euro de comisión por la venta de derechos, ¿Minoro el precio en 10 o 9 euros?.