Acceder

Cuenta Vivienda perdida deduciones

3 respuestas
Cuenta Vivienda perdida deduciones
Cuenta Vivienda perdida deduciones
#1

Cuenta Vivienda perdida deduciones

No he tenido que hacer la declaracion de la renta por no haber tenido ingresos, pero tengo una cuenta vivienda que me vencen los 4 años y no la he destinado a vivienda por lo que tengo que devolver los beneficios fiscales obtenidos.
No se como hacerlo, Hago una declaracion con el padre? En resumen no se como se hace.

atentamente,

#2

Re: Cuenta Vivienda perdida deduciones

Si la pérdida de la deducción por vencimiento de plazo es en el presente año, debes de presentar declaración en el año 2012 y devolver las cantidades deducidas y los intereses correspondientes.

En mi opinión, lo que deberías haber hecho viendo que no ibas a comprar vivienda, es haber realizado la declaración de la renta del año 2011 y así hubieras ahorrado el pago de intereses de un año. Si la presentas ahora, puede que te apliquen sanción por hacerlo fuera de plazo.

La forma de hacerlo con el programa PADRE, es rellenando las casillas 724 y siguientes.

Saludos

#3

Re: Cuenta Vivienda perdida deduciones

Primeramente agradecer su contestacion, pero puedo hacer la renta con el programa PADRE sin incluir ingresos ?.
De haberla realizado dentro de plazo podria haberla pagado en dos plazos (junio y novbre)?

Gracias anticipadas,

#4

Re: Cuenta Vivienda perdida deduciones

Pues siento haberte dado una información errónea. Lo que debes de hacer es una declaración complementaria de los ejercicios en que te hubieras practicado la deducción:

126981-DEVOLUCIÓN DEDUCCIONES POR NO OBLIGADO A DECLARAR-

Pregunta

Un contribuyente pierde la deducción por las aportaciones realizadas a una cuenta vivienda por no haber adquirido esta en el plazo previsto. ¿Cómo procede a devolver las deducciones si no esta obligado a declarar?

Respuesta

La pérdida del derecho a las deducciones practicadas en ejercicios anteriores no determina la obligación de declarar para reintegrar su importe. Si el contribuyente no está obligado a declarar podrá reintegrar el importe de las deducciones indebidamente practicadas, junto con los intereses de demora correspondientes, mediante la presentación de declaración complementaria a la del ejercicio en que se incluyó la deducción indebida. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad que siempre tiene de presentar declaración con arreglo a las normas generales.

Fuente: INFORMA página web Agencia Tributaria.

Las declaraciones complementarias las puedes realizar con el programa PADRE de cada año marcando la página 2(IV). Debes de introducir todos los datos que introdujiste en su día, a excepción de los relativos a la deducción que te practicaste por vivienda habitual.El resultado obviamente será siempre una cantidad a a pagar.

Y reitero mis disculpas.

Saludos.