Pues siento haberte dado una información errónea. Lo que debes de hacer es una declaración complementaria de los ejercicios en que te hubieras practicado la deducción:
126981-DEVOLUCIÓN DEDUCCIONES POR NO OBLIGADO A DECLARAR-
Pregunta
Un contribuyente pierde la deducción por las aportaciones realizadas a una cuenta vivienda por no haber adquirido esta en el plazo previsto. ¿Cómo procede a devolver las deducciones si no esta obligado a declarar?
Respuesta
La pérdida del derecho a las deducciones practicadas en ejercicios anteriores no determina la obligación de declarar para reintegrar su importe. Si el contribuyente no está obligado a declarar podrá reintegrar el importe de las deducciones indebidamente practicadas, junto con los intereses de demora correspondientes, mediante la presentación de declaración complementaria a la del ejercicio en que se incluyó la deducción indebida. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad que siempre tiene de presentar declaración con arreglo a las normas generales.
Fuente: INFORMA página web Agencia Tributaria.
Las declaraciones complementarias las puedes realizar con el programa PADRE de cada año marcando la página 2(IV). Debes de introducir todos los datos que introdujiste en su día, a excepción de los relativos a la deducción que te practicaste por vivienda habitual.El resultado obviamente será siempre una cantidad a a pagar.
Y reitero mis disculpas.
Saludos.