Hola Empty,
Yo con esto tengo una duda... la norma puede estar clara, pero en mi opinión va contra el sentido común.
Cuando se produjo en canje de estos bonos, la acción estaba (tal y como comenta chefer) a 1,76. Al haberse roto el suelo, el canje se produjo a 1,94. El bono era de 1.000 Eur nominales:
- 1000/1,94=514.66 acc/bono
- precio mercado accion día del canje: 1,76
- valoración a precio de mercado tras el canje: 514.66 x 1,76 = 905 Eur
Supongamos que el bono se compró al 80% = 800 Eur (mi caso). Entiendo que según la norma se debe:
- declarar unos beneficios RCM de 200 Eur/bono
- declarar unas pérdidas patrimoniales (si las acciones fueron vendidas a 1,76) de 95 Eur/bono
- Y salvo que no haya otro tipo de operaciones con otros valores el beneficio/pérdida no se pueden compensar (en este año)
Eso dice la normativa, ¿Verdad?.
Vale, ahora supongamos que los bonos fueron comprados al 20 % (hay bonos del POP a este precio hoy en mercado y con suelo de conversión a 7 Eur/accion). En este caso sería un disparate:
- beneficios RCM del 400% (=80%/20%)
- pérdidas patrimoniales de aprox. 400%
- y de nuevo, no se puede compensar.
Yo lo que entiendo es que el RCM y la pérdida patrimonial DEBERÍA considerarse no en función de la valoración de canje (1,94) sino de la valoración del mercado (1,76)... pero no se que día tomar como criterio de valoración (el día del canje, el día que se anotan las acciones en la cuenta, el día que comienzan a cotizar las nuevas acciones en el mercado... no se, esto no lo tengo claro).
Es mi opinión de como debería valorarse y calculararse los RCM / perdidad patrimoniales.
SL2 y muchas gracias por tu ayuda en el foro.