Perjudicado tras trámite de audiencia
Mi Comunidad Autónoma me abrió expediente en el impuesto de sucesiones con motivo de discrepancias en la valoración de un solar.
El caso es que en el trámite de audiencia les desmonté el sistema de valoración que habían usado y ahora me mandan una resolución en la que han cambiado radicalmente la metodología de valoración y salgo más perjudicado, con matices. El caso es que me han rebajado los metros cuadrados del solar por un error como consecuencia de una discrepancia entre la escritura y el catastro, pero me han aumentado el precio del metro cuadrado como consecuencia del nuevo sistema de cálculo y, aunque resulta en un importe global menor, sí han encarecido el precio por metro cuadrado, lo que me perjudica claramente ya que lo de los metros era un claro error por su parte.
Ante esta situación que voy a recurrir, me encuentro como si no hubiese tenido trámite de audiencia, pero desconozco si es legal salir perjudicado tras un trámite de audiencia. En este caso no tengo trámite de audiencia para desmontarles la nueva metodología de valoración que han hecho y no creo que sea legal su actuación.
Si alguien domina el tema de los trámites de audiencia, agradecería cualquier información. En la LGT dice que no se pueden aportar nuevos documentos tras el trámite de audiencia (siempre que no hubiese alguna imposibilidad previamente, y entiendo que debe afectar a ambas partes, no sólo al paganini. En este caso entiendo que ellos están aportando nueva documentación y metodología que no me dieron para el trámite de audiencia.
Muchas gracias de antemano por cualquier sabio comentario.