hola Alesss.
el caso que cuentas tendras que informarte en la hacienda guipuzcoana , no te queda otra ,.
Antiguamente las donaciones en vida entere padres e hijos no tenian practicamente carga impositiva , ya sabes se mantenia la propiedad en la familia, no era hipotecable , ni te podias endeudar avalando con la propiedad familiar .
la ley esta viene de hace siglos y todo se queda obsoleto
es similar a Navarra .
tu habras leido que la gente" venia " a morir a euskadi y navarra .
esto era asi porque amparandose en nuestra ley de herencias tenian una gran ventaja los no residentes , que con solo un empadronamiento justificaban el acogerse a los beneficios fiscales forales .
era un coladero , pero tambien para los residentes .
ahora mismo como muchas autonomias (cataluña y madrid seguro ) se han igualado , empieza a no tener sentido una ley que se pervirtio al venir gente a morir .
lo primero tienes que tener claro la razon de la transferencia ,.
Si es para un pago o es una donacion en vida .
Al menos antes era impuestos de donaciones no era un ingreso .
si te dicen que hay que pagar una posibilidad era donacion de ella a su hermano -hermana y de
tu progenitor-ra a ti .
salia mejor .
como fue el apunte lo declarasteis como una donacion o era un mera transferencia ?
tal vez , solo tal vez no tengas que pagar si puedes volver hacia atras .
un saludo .
PD espero que te sirva , pero tendras que preguntar y hacer cuentas si estas a tiempo ,
si te puedo orientar algo me dices , pero es complicado lo estan reformando todo ,
si ha habido modificaciones tan recientes no me fiaria del foro en este caso ,
hay que hilar fino en estos casos
La desigualdad importa aunque aún no lo sepas