Las emisiones que se denominan "Dividendo Flexible", dan la opcion de elegir TRES tipos:
a).- Vender los derechos a la empresa a un precio determinado en las condiciones de la ampliacion y que se considera a todos los efectos como dividendo.
Fiscalmente se trata como un dividendo , donde se realiza la retencion del 21% en el cobro y en el IRPF se declara como dividendo cobrado , con la posibilidad de aplicar la exencion de los primero 1.500 euros.
b)- Vender los derechos en el mercado segun la cotizacion diaria , no tienen retencion y fiscalmente se debe tener en cuenta como minoracion del valor de adquisicion de las acciones que los generan. Tributaran cuando se vendan estas acciones ya que al minorar el precio de adquisicion , aumentara su plusvalia o disminuira su minusvalia.
c)- Acudir a la ampliacion y aumentar la cartera con el numero de acciones que le corresponden segun el numero de derechos, con lo cual tendra mas acciones con el mismo valor de adquisicion , ya que estas nuevas acciones no tienen coste y adquieren la fecha de adquisicion de las acciones que las originan. Tributaran cuando se vendan acciones de esta cartera, con un aumento de la plusvalia y una minoracion de las minusvalias.
Saludos