Matrimonio en Gananciales
Buenos dias. Soy nueva aqui. Agradeceria orientacion sobre lo siguiente.
Matrimonio en gananciales. El marido hasta que se jubilo, trabajo casi siempre en el extranjero y periodicamente giraba dinero a casa. (Esposa e hijos vivian en España). A lo largo del tiempo compraron acciones, pero de comun acuerdo (mal asesorados) estas acciones se pusieron a nombre solo de la esposa (la idea era que si le pasase algo a el en el extranjero, que estuviesen ella y los niños cubiertos). Ya viviendo aqui en España, de jubilado ( desde hace 5 años.) les dijeron en Hacienda que en la declaracion deberia constar ella unicamente como titular de las acciones, ya que asi venia reflejado en la documentacion de banco. Pues bien asi lo han hecho. Pero erroneamente, entiendo. Los rendimientos del capital, tanto dividendos, intereses etc que deberian haberse declarado al 50pc, solo los ha declarado la mujer en su totalidad. El solo declaraba su pension ya que a su cuenta bancaria no se le ingresaba nada mas. (tienen cuentas individuales). Ello ha redundado en beneficio de hacienda, (calculo unos 300euros por ejercicio) pues el no se ha beneficiado de la exencion de los 1.500euros por dividendos. Esto ha sido asi durante los ultimos 5 años. La pregunta es. Se ha cometido alguna infraccion al tributar asi? Pueden ser penalizados por ello, aunque haya sido a favor de Hacienda?. Para corregir esta situacion cara alfuturo, deberian presentar 5 complementarias? y a partir del 2013 hacerlo bien? Que pasos sugeriis. Muchas gracias