Arrendamiento de local, ingresos y gastos deducibles cuando hay desahucio e incobro de la totalidad
Ruego, en la medida que le sea posible, me ayuden al confeccionar la Renta del 2012 en el apartado de arrendamiento de local del año 2012. Tuve alquilado un local de negocio de Enero a Septiembre, pero en Mayo, tuve que interponer demanda de desahucio pues los inquilinos no me ingresaron cantidad alguna.En septiembre tengo la sentencia firme y yo ingresé el 1º,2º y 3º trimestres de IVA, y luego solicité a Hacienda la compensación de Bases Imponibles y me permitieron deducir de Enero a Mayo, y Junio, Julio, Agosto y Septiembre quedan para solicitar devolución de cuotas ingresadas por IVA para el 2013.La pregunta ahora viene pues en Renta, debo declarar como ingreso las Bases Imponibles de Enero a Septiembre aunque no las haya cobrado, como gastos deducibles, los no cobrados pero aquí de Enero a Junio, además del IBI prorrateando la parte que estuvo en alquiler, los gastos de abogado que gestionó el desahucio, y el gran problema son las Retenciones del 21%, que el inquilino ni ingresó ni lo hará pues es insolvente y está ya en su país Marruecos, por lo que la que tendrá problemas con la Renta seré yo, pues no aparecerán ingresadas esas Retenciones en Hacienda. ¿Debo y tengo que declarar el 21% de las Bases de Enero a Septiembre?, así me saldría la renta a devolver, pero si Hacienda no lo estima al no aparecer ingresadas, pese a no tener yo culpa, me saldría mi Declaración a pagar!! ¿Tendría Hacienda mi Declaración retenida?, ¿me practicarían paralela y me saldría a pagar si me quitan esas retenciones no ingresadas por el inquilino?. Le ruego, me ayude para saber que debo hacer o como lo debo de hacer de forma correcta para no tener problemas con Hacienda, pues además de no cobrar aún el IVA tampoco cobraré nada de este alquiler. Atentamente,
Adoración