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Dudas Renta 2013 - Trabajo fuera de España menos de 6 meses

13 respuestas
Dudas Renta 2013 - Trabajo fuera de España menos de 6 meses
Dudas Renta 2013 - Trabajo fuera de España menos de 6 meses
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#1

Dudas Renta 2013 - Trabajo fuera de España menos de 6 meses

Hola, llega la Renta 2013 y tengo algunas dudas. Son bastante generales, así que espero que también sirvan a otras personas en similar situación.

- He trabajado menos de 6 meses fuera de España en 2013 y unos 8 en España. Por tanto, respecto a los impuestos por los intereses cobrados de depósitos, entiendo que la declaración tiene que ser como residente en España y por tanto no puedo optar a la devolución de los mismos, ¿cierto?

- He tenido dos viviendas alquiladas, una en España y otra fuera, ¿puedo declarar la vivienda fuera de España para optar a la desgravación por alquiler?

- ¿Debo tener algún aspecto más en cuenta al haber trabajado fuera de España menos de 6 meses en 2013? Especialmente lo relativo a las casillas 505-508.

Un saludo y gracias.

#2

Re: Dudas Renta 2013 - Trabajo fuera de España menos de 6 meses

Buenas tardes;

La idea de salida de que tienes que presentar la declaración para que te devuelvan las retenciones es incorrecta; te devolverán o no en función de que hubieras pagado de más por anticipado(vía retenciones y pagos a cuenta) de lo que te correspondería haber pagado en base a tus ingresos y tus circunstancias personales y familiares.

Tal y como defines tu situación eres a todos los efectos contribuyente por el IRPF para residentes y tributas por TODA la renta mundial obtenida(existen salvedades claro esta y determinadas exenciones pero para eso debería tener mayor información sobre el trabajo realizado fuera de España además de conocer el lugar donde dicho trabajo se ha realizado,para verificar que no se trate de un país calificado por España como paraiso fiscal)

La deducción por alquiler en ningún momento especifica la obligatoriedad de que dicho alquiler tenga que ser en territorio español,tan solo tiene una limitación en cuanto a la base imponible del contribuyente(eso si debes tener en cuenta que una de las obligaciones para poder deducirse el alquiler es identificar al arrendador con su CIF o NIF;como tu arrendador de fuera de España no lo tendrá lo puedes identificar con el documento de identificación que corresponda al país de tu arrendador.(en un caso como el tuyo te recomiendo que tengas el contrato de alquiler a mano por si se te requiere para que acredites la veracidad del mismo).

Atentamente.

#3

Re: Dudas Renta 2013 - Trabajo fuera de España menos de 6 meses

Hola terrenos, muchas gracias por tu contestación.

Actualmente trabajo dentro de la UE (Portugal), pero no tengo un contrato laboral, sino una beca de investigación por la que pago voluntariamente una cotización a la Seguridad Social. Tengo exención del pago del IRS (IRPF), de hecho, se hace para atraer gente de fuera de Portugal.

Entonces, ¿tengo que declarar estos ingresos en España?

Un saludo.

#4

Re: Dudas Renta 2013 - Trabajo fuera de España menos de 6 meses

Efectivamente debes declarar por el IRPF ya que eres residente ( mas de 183 días en España), pero debes comprobar si el apartado p) del Art.7 de la Ley 35/2006 , te es de aplicación.

Transcribo: Artículo 7. Rentas exentas.

Estarán exentas las siguientes rentas:

p) Los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, con los siguientes requisitos:

1.º Que dichos trabajos se realicen para una empresa o entidad no residente en España o un establecimiento permanente radicado en el extranjero en las condiciones que reglamentariamente se establezcan. En particular, cuando la entidad destinataria de los trabajos esté vinculada con la entidad empleadora del trabajador o con aquella en la que preste sus servicios, deberán cumplirse los requisitos previstos en el apartado 5 del artículo 16 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

2.º Que en el territorio en que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la de este impuesto y no se trate de un país o territorio considerado como paraíso fiscal. Se considerará cumplido este requisito cuando el país o territorio en el que se realicen los trabajos tenga suscrito con España un convenio para evitar la doble imposición internacional que contenga cláusula de intercambio de información.

La exención se aplicará a las retribuciones devengadas durante los días de estancia en el extranjero, con el límite máximo de 60.100 euros anuales. Reglamentariamente podrá establecerse el procedimiento para calcular el importe diario exento.

Esta exención será incompatible, para los contribuyentes destinados en el extranjero, con el régimen de excesos excluidos de tributación previsto en el reglamento de este impuesto, cualquiera que sea su importe. El contribuyente podrá optar por la aplicación del régimen de excesos en sustitución de esta exención.

Saludos

#5

Re: Dudas Renta 2013 - Trabajo fuera de España menos de 6 meses

Hola Lunatico, gracias por tu respuesta y por transcribir el artículo. Es de gran ayuda.

Del artículo entiendo que son rentas exentas, porque yo trabajo para una empresa no residente en España, y hay un convenio de doble imposición entre países y tienen un impuesto similar. No obstante, yo tengo exención del IRPF de aquí (denominado IRS) por la legislación aplicable al tipo de contrato que tengo. O dicho de otro modo, lo que pagaría en España por el IRPF es superior a lo que pago aquí. Entiendo que esto debe respetarlo la Hacienda española, ¿verdad? También cumplo el requisito de los 60.100 euros/año.

Ahora bien, ¿tengo que especificar en algún sitio que estas rentas están exentas? Quiero evitar problemas cuando exporte la cotización en el futuro. Gracias de nuevo.

#6

Re: Dudas Renta 2013 - Trabajo fuera de España menos de 6 meses

Supongo que tendrás tus "Datos Fiscales" que se ven con la Referencia que te da acceso al Borrador.

En estos "Datos Fiscales" si te vienen las rentas cobradas en el extranjero , no las declararas por estar exentas , si cumples con los requisitos de la Ley.

Si en el periodo de España no has tenido rentas , presentas declaración si tienen que devolverte retenciones por Rendimientos del Capital y si necesitas incluir la deducción por alquileres , puede hacerlo en las dos vivienda por sus periodos distintos (creo que no necesitas incluirlo ya que la Cuota Tributaria ya será CERO . Casilla 511.

Saludos

#7

Re: Dudas Renta 2013 - Trabajo fuera de España menos de 6 meses

Gracias por la explicación. De hecho, no aparecen las rentas en el extranjero en los "datos fiscales", sólo los meses que cobre paro en España, así que estaría todo correcto (cumplo con el art.7). Y como bien comentas la casilla 511 está ya a 0 con solo incluir la deducción por la vivienda en España. Un saludo!

#8

Re: Dudas Renta 2013 - Trabajo fuera de España menos de 6 meses

Hola buenos días;

Un matiz importante! la exención que dices que tienes deriva(tal y como tu misma lo has detallado) de la normativa fiscal portuguesa.

Pero tu no eres contribuyente por el impuesto de Portugal; eres contribuyente por el IRPF de España al permanecer en territorio español más de 183 días al año excluidas las ausencias temporales.

Debes tener esto muy presente porque si efectivamente tus rendimientos obtenidos en Portugal no han tributado por un impuesto de naturaleza análoga al irpf en España no te podrás aplicar la exención que el compañero te ha detallado(me baso en la información que tu misma facilitas que tus rendimientos obtenidos en Portugal los has tenido exentos para favorecer que fueras a trabajar al País vecino).

La idea básica y simple que se tiene que sacar de la exención que existe en España para los rendimientos procedentes del exterior es que no te van a hacer tributar por unos rendimientos de trabajo que obtengas fuera de España siempre que previamente esos rendimientos ya hubieran tributado por un impuesto de naturaleza similar al IRPF español;si dicho rendimiento no ha tributado en el país de origen o dicho país en un territorio calificado como paraiso fiscal NO se puede aplicar la exención.

Dicho de otra forma por mas que en Portugal existe un impuesto de naturaleza análoga al IRPF de España a ti no te ha sido aplicado(eso es lo que tú misma has detallado cuando nos has dicho que te han aplicado la exención en el país vecino) por lo tanto si NO has tributado por ellos en Portugal no cumples los requisitos para poderte aplicar la exención.