Acceder

Pension extranjera

1 respuesta
Pension extranjera
Pension extranjera
#1

Pension extranjera

Buenas tardes;

Al solicitar el borrador 2013 me dice que tienen "conocimiento de pensión cobradas en el extranjero" y que se deberá corregir para poder confirmar.
Esto es cierto,ya que estoy cobrando una pensión de la SS del Reino Unido hace varios años y otra de un plan de pensiones particular.

Mis pregunta son:

a)¿Declaro la del 2013 solo ? y la particular?
b)¿ Tengo que declarar las de los años anteriores?
c) En caso afirmativos¿cuantos años debo declarar? y como.
d) Debería ir a un contencioso/administrativo por todos.?
e)¿Podría utilizar la jurisprudencia a favor y no recurrida que hay,como base de defensa?

Lamento la extensión, pero me ha pasado como a muchos emigrantes, que después de haber pasado en los años 60,70 y parte de los 80,el destierro voluntario en un país extranjero y de haber trabajado mas de 50 años allí y aquí nos veamos ahora a nuestra vejez inmersos en contenciosos con la administración que solo nos costara el poco dinero ahorrado.

Saludos

#2

Re: Pension extranjera

Buenas tardes,

Deberías de tributar por estos ingresos como rendimientos del trabajo en tu Declaración de la Renta. La ley del IRPF lo dice claramente:

Los contribuyentes que residen en España deben declarar en su IRPF por su renta mundial, con independiencia de la procedencia de sus ingresos.

Si esta pensión ya tiene una retención en el país de origen (Reino Unido) al hacer la Declaración de la Renta e incluirla como rendimientos del trabajo, deberás aplicar la Deducción por doble imposición internacional. Al abrir esta casilla 505, indicarás se el importe de los rendimientos del trabajo en la casilla de retribuciones incluidas en la base general y en la casilla de Impuestos satisfechos en el extranjero, la cuantía de las retenciones que se hubieran practicado en el país de origen. 

Por otro lado, deberás hacer una declaración complementaria, al menos de los 4 ejercicios anteriores (2009-2012) ya que a los 4 años prescribe. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y le comentes tu caso a ver que tenéis que hacer.

Un saludo,

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/