Bienes afectos a actividades economicas en IRPF
soy un abogado y realizo una actividad economica y utilizo una segunda casa que tengo para esa actividad. Esa casa es por mitad entre mia y mi mujer, pero ella no tiene que ver nada en la actividad. He preguntado a hacienda por telefono y unos me dicen una cosa y llamo otra vez y me dicen otra distinta. Total que tengo dudas. La cuestion es que la siguiente:
-en el apartado bienes no afectos a activ. econo. del IRPF, tengo que poner la esa casa?, o el 50% o el 25% ?
-dentro de ese apartado hay que poner si el bien se ha destinado a otros usos? SI/NO
-en el apartado bienes afectos a actividades econom. tengo que poner el 50% yo solo? o 25% cada conyuge y luego 25% cada conyuge tambien el apartado bienes no afectos?
gracias.