Paralela a ingresar 1580€
Buenas noches.
A un amigo le han realizado una paralela, en la declaración del ejercicio 2010 y le han sacado que se ha deducido mal un indice corrector en la actividad economica agricola, el que dice "indice corrector de medios de produccion ajenos se requiere una utilización exclusiva de los mismos, el titular no debe trabajar personalmente en la activadad sino emplear mano de obra ajena..." , según los datos en poder de la administración, no cumple estos requisitos, ya que declara cantidades en concepto de amortización del inmobilizado material de elementos afecto a la actividad-----
La amortización que se a aplicado a sido la compra de gomas de goteo, según he visto en la ley pone lo siguiente:
Índices correctores.
Índice 1. Utilización exclusiva de medios de producción ajenos en actividades agrícolas.
Se aplicará el índice 0,75 cuando en el desarrollo de las actividades agrícolas se utilicen
exclusivamente medios de producción ajenos, sin considerar a estos efectos el terreno.
Se entienden como medios de producción ajenos tanto el trabajo como el capital, a excepción
de la tierra y de los elementos adheridos a ella de forma permanente como los pozos, árboles y
construcciones que formen parte de la explotación. Por tanto, para que resulte aplicable este
índice corrector, el titular no debe trabajar personalmente en la actividad (salvo en tareas propias
de dirección, organización y planificación de la misma) sino emplear íntegramente mano
de obra ajena; además, todos los elementos de la explotación distintos de la tierra en los términos
anteriormente comentados deben ser aportados por terceros
Entiendo que las gomas de goteo son elementos adheridos a ello de forma permanente (una construcción más)
Le piden 1580€ a ingresar
Mi pregunta es la siguiente.
¿Se puede recurrir ya que la amortización es por la compra del goteo? no es por comprar un tractor, o un arado. o por el contrario le están solicitando que demuestre la aplicación de dicho indice corrector, si fuese así lo tiene dificil porque es pensionista, contrata de vez en cuando a algún trabajador, pero no tiene factura de los servicios que le hacen en la tierra (arrar, sembrar, recolección mediante cosechadora)
en el caso de que hacienda tenga razón y la deducción de dicho indice corrector sea errónea, y haya que pagar los 1580€ ¿Cuál sería la cantidad definitiva a pagar, es decir, metiendo los intereses, recargo por demora y la sanción? teniendo en cuenta que la declaración es del año 2010 y la carta de la propuesta de liquidación le ha llegado hoy mismo el 02/07/2014.
Gracias.
Un saludo a todos