Muchas gracias por tu respuesta,
El recurso de reposición con reserva de TPC ya lo interpuse. Me lo han desestimado y la valoración pericial que aporta la administración es de importe superior a la comprobación inicial, aún cuando se tiene en cuenta esta última ( 102.856,68 Euros comprobación inicial y la valoración pericial 103.649,43 Euros).
Ahora intuyo por tu respuesta que puedo reclamar ante el Tribunal Económico Administrativo, debiéndome reservar nuevamente la TPC, y según el resultado de la misma, pedir ya la TPC una vez se resuelva este recurso. ¿Es así, verdad?.
Y sí, efectivamente lo del 20% es como dices y no me expresé correctamente.
Lo que me planteo son las posibilidades que tengo ahora:
- Presentar reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo, que la podría hacer de dos formas. La primera “desmantelando” la valoración pericial presentada por la administración y manteniéndome en el precio que realmente se pagó y que además se ajusta a la valoración del mismo que se hizo antes de comprarlo por un perito. La segunda presentando junto con esta reclamación una valoración pericial solicitada por mí en la que se determine el valor del bien por un valor mínimo de 92.600 Euros ( un 10% por debajo de la valoración sostenida en la comprobación inicial, 102.856,68) y de esta forma, creo que el Tribunal, al ser menor del 10% de la valoración realizada por la administración, tendría que admitirla forzosamente. ¿Es así, o estoy confundido?.
- En caso de presentación de reclamación ante el TEA, sin aportación de peritación propia, y en el supuesto de que me desestimara la misma. Pediría la Tasación Pericial Contradictoria. Ésta no podría ser inferior al valor declarado por mí, ni superior al valor determinado en la comprobación inicial por la administración de 102.856,68 Euros. Y lo que planteo es que cualquier valoración pericial que se realice, al tener que estar comprendida entre esos dos valores ( y puesto que no supera los 120.000 euros) nunca podrá ser un 20% mayor que el valor declarado por mí, pues para que se diera eso la valoración de la TPC tendría que ser de 105.960 Euros y nunca esa valoración TPC puede ser superior al valor estimado en la comprobación inicial.
Lo que realmente subyace, es que no entiendo que tenga que pagar más por algo por lo que pagué un precio justo de mercado, no por encima ni por debajo (ambas partes quedamos muy satisfecha con la operación), pues ese piso estaba en un estado que requirió una reforma integral y en un edifico que tenía una previsión de ser reformado, como lo está siendo en la actualidad, con pagos extraordinarios mensuales que hacen que el valor del mismo fuera el que pagué. Teniendo en cuenta además que se pidió por parte de la vendedora una tasación de dicho a bien para saber el precio de mercado y que el mismo es unos 200 Euros superior al precio final en que se hizo la venta.
Por lo tanto el único medio que me queda es éste, recurrir y ver todas las maneras de intentar o bien no pagar algo que considero indebido o hacer que al menos esa cantidad sea la menor posible, pues no la considero justa.
Al margen de todo esto, lo que me gustaría es saber si mis premisas son correctas y tu opinión sobre cómo actuarías tu en mi caso, para poder tener una mayor información a la hora de tomar una decisión.
Muchas gracias.